El procedimiento testigo en la LRJS según el RDL 6/2023

AutorFernando Salinas Molina
CargoEx Magistrado de la Sala Social del Tribunal Supremo
Páginas15-35
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1. INTRODUCCIÓN
Al disolverse anticipadamente las Cortes Generales por convocatoria electoral
(RD 400/2023, de 29 de mayo) se encontraban en trámite diversas reformas orgá-
nicas y procesales afectantes, directa o indirectamente, a la LRJS.
Así: a) el PLMEP (“Proyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio
Público de Justicia”)1; b) el PLOEO (“Proyecto de Ley Orgánica de Eficiencia Orga-
nizativa del Servicio Público de Justicia”)2; y c) el PLMED (“Proyecto de Ley de
Medidas de Eficiencia Digital del Servicio Público de Justicia”)3, los que quedaron
inconclusos.
Una vez iniciada la correspondiente Legislatura, a través del Real Decreto-ley
6/2023, de 19 de diciembre (BOE 20-12-2023)4, se recuperaron, mediante la jurí-
dicamente discutible fórmula del “decreto-ley”, algunas de las medidas contem-
pladas en los PLMED y PLMED. En concreto y en cuanto a la LRJS, en su art. 104
se reforman y adicionan un total de 31 artículos, así como la DT 4ª y la DF 7ª.
1 BOCG-CD 22-04-2022 y enmiendas BOCG -CD 03-02-2023.
2 BOCG 22-04-2022.
3 BOCG-CD 12- 09-2022.
4 Por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo”.
1. Introducción. 2. El procedimiento testigo. 2.1. Introducción de la figura del “procedimiento testigo” en el orden
social ex RDL 6/2023 (arts. 86 bis, 191.3.b y 247 ter LRJS). 2.2. Su preexistente regulación en el orden jurisdic-
cional contencioso administrativo (arts. 37.2 y 3, 81.2.e, 86.1 y 111 LRJCA). 2.3. Su introducción ex RDL 6/2023 en
el orden jurisdiccional civil (arts. 438 bis y 519 LEC). 2.4. La interrelación del “procedimiento testigo” con la figura
del denominado “recurso testigo” en casación unificadora (art. 225 bis LRJS ex RDL 5/2023). 2.5. Interrelación
del “procedimiento testigo” con la denominada “extensión de efectos de las sentencias firmes” y la forma de
ejecución de las diversas sentencias que puedan derivar de un “procedimiento testigo”. 2.6. Características
básicas del “procedimiento testigo”. 3. La extensión de efectos en caso de procedimiento testigo (art. 247 ter
LRJS): supuesto de petición del demandante de “extensión de efectos” del procedimiento suspendido tras la
sentencia firme recaída en el procedimiento testigo. 3.1. Regulación. 3.2. Ámbito de aplicación. 3.3. Peculiarida-
des en el supuesto de opción por la extensión de efectos de la sentencia dictada en el procedimiento testigo:
causas de inadmisión y de suspensión. 3.4. Remisión a las demás reglas generales contenidas en el art. 247
bis LRJS (“extensión de efectos”) en cuanto no resulten contrarias a la naturaleza del “procedimiento testigo”.
4. Críticas al “procedimiento testigo”.
Fernando Salinas Molina
Ex Magistrado de la Sala Social del Tribunal Supremo.
ESTUDIO
EL PROCEDIMIENTO TESTIGO EN LA LRJS SEGÚN EL RDL
6/2023
ESTUDIO__El procedimiento testigo en la LRJS según el RDL 6/2023
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En la convalidación del citado RDL por el Congreso de los Diputados se acordó
que se tramitara como Proyecto de Ley5. El plazo de enmiendas concluyó el
06/03/2024. Se han presentado un total de 570 enmiendas, de ellas solamente
13 relativas al proceso social (9 por el GP-Sumar; 2 por el GP-Popular; 1 por el
GP-Mixto y 1 por el GP-Vasco-EAJ-PNV)6. Estando pendiente del Informe de la
Comisión de Justicia desde el 07/03/2024; y habiéndose acordado su avocación
al Pleno en la sesión de fecha 21-03-20247.
En el Preámbulo del RDL a las únicas modificaciones relativas al proceso social a
las que se refiere son el “procedimiento testigo” y la “extensión de efectos”, como
instrumentos para optimizar recursos.
Analizaremos ahora el instituto procesal del “procedimiento testigo”; sin abor-
dar la problemática general de la necesidad de una más ambiciosa reforma legis-
lativa del proceso social8.
2. EL PROCEDIMIENTO TESTIGO
2.1. INTRODUCCIÓN DE LA FIGURA DEL “PROCEDIMIENTO TESTIGO” EN EL
ORDEN SOCIAL EX RDL 6/2023 (ARTS. 86 BIS, 191.3.B Y 247 TER LRJS)
En la reformada LRJS ex RDL 6/2023, –en sus arts. 86 bis, 191.3.b) y 247 ter
LRJS–, se regula, por primera vez en el orden social, el denominado “procedi-
miento testigo”.
La figura surge cuando, ante el mismo o distintos órganos judiciales, exista una
pluralidad de procedimientos judiciales iniciados, con independencia de su
materia, con idéntico objeto y una misma parte demandada, no siendo ya sus-
ceptibles de acumulación o cuando ya no se pudieran acumular; en tal situación
debe acordarse judicialmente, de forma preceptiva, dar a uno o a varios carácter
preferente y, además, suspender los restantes hasta la firmeza de la sentencia
dictada en el procedimiento preferente; y una vez firme ésta, conceder a la parte
demandante de los procedimientos suspendidos la posibilidad de reanudar el
pleito, de desistir del mismo o de acudir a una vía rápida de extensión de efectos.
Su regulación se contiene esencialmente en el art. 86 bis, incluido en el capítulo
de la LRJS dedicado al “procedimiento ordinario”, lo que evidencia su naturaleza
de proceso declarativo, preceptuándose:
5 Proyecto de Ley por la que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mece-
nazgo, procedente del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre” -BOCG-Congreso Diputados 19-01-2024).
6 Publicadas en BOCG-CD 01-04-2024, en especial, pp. 625 a 628.
7 Diario de sesiones 35/2024.
8 Analizada, entre otros, por VV.AA. (“Retos de la jurisdicción social en los nuevos escenarios del trabajo:
balance y perspectivas de futuro”; Coordinación: Domingo Tarajano; Dirección: Humberto Guadalupe, María
Luisa Segoviano y Cristóbal Molina; 2023); y SALINAS MOLINA, F. (“Una visión general de los desafíos de la
jurisdicción social: propuestas de reforma legislativa”; CEF nº 474; mayo-junio 2023; pp. 23 a 53).

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