Procedimiento de reclamación por denegación de embarque, cancelación o retraso de vuelo

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El Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) nº 295/91, regula los derechos que asisten a los pasajeros frente a los siguientes incidentes:

* Denegación de embarque

* Cancelación de vuelo

* Gran retraso (más de tres horas)

* Cambio de clase

El Reglamento (CE) nº 261/2004 es aplicable a todos los vuelos que salgan de aeropuertos de la Unión Europea, Islandia, Noruega y Suiza, vuelos operados por compañías comunitarias aunque partan de aeropuertos no comunitarios, y vuelos operados por compañías no comunitarias que salgan de territorio comunitario hacía estados que no pertenecen a la Unión Europea.

La citada normativa solo es aplicable a la compañía aérea que opera el vuelo o es la encargada de efectuar el vuelo.

El Reglamento no se aplicará si viaja gratuitamente o con un billete de precio reducido que no esté directa o indirectamente a disposición del público.
Derechos de los pasajeros en caso de denegación de embarque, cancelación de vuelo o retraso en la llegada

* Derecho a ser informado: entrega por parte de la compañía aérea de un impreso con las condiciones de asistencia y compensación.

* Derecho a asistencia: comida y bebida suficiente, dos llamadas telefónicas o acceso al correo electrónico y, si fuese necesario, a una o más noches de alojamiento así como al transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento.

* Derecho al reembolso o transporte alternativo: el pasajero podrá elegir una de las siguientes opciones:

  1. Reembolso del billete dentro de los siete días siguientes.

  2. Transporte hasta destino final lo más rápidamente posible y en condiciones de transporte comparables.

  3. Transporte hasta destino final en una fecha posterior que convenga al pasajero, en función de los asientos disponibles.

* Derecho a ser compensado:

Distancia del vuelo Compensación -50% si el retraso en la llegada es menor que
Hasta
...

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