Procedimiento ordinario 46/2013.

SecciónAdministración de Justicia
EmisorDe lo Social numero Dos de Murcia

N.I.G.: 30030 44 4 2013 0000364

N28150

N.º autos: Procedimiento ordinario 46/2013

Demandantes: Demetrio Sánchez Castillo, María Rocío Sánchez Jordán

Abogado: Antonio Francisco Illan Roca,

Demandados: Fondo de Garantía Salarial, Forjobs, S.L.

Doña Isabel María de Zarandieta Soler, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Murcia.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario 46/2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de don Demetrio Sánchez Castillo, María Rocío Sánchez Jordan contra la empresa Fondo de Garantía Salarial, Forjobs, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Acuerdo:

- Admitir a trámite la demanda presentada y en consecuencia:

- Citar a las partes para que comparezcan el día 21-05-2015, a las 9.10 horas de su mañana en la sede de este órgano judicial, para la celebración del acto de conciliación ante la Secretaria Judicial y, una vez intentada, y en caso de no alcanzarse la avenencia, el 21-05-2015, a las 9.25 horas, para la celebración del acto de juicio ante el Magistrado.

- Se advierte a la parte demandante, que en caso de no comparecer al señalamiento sin alegar justa causa que motive la suspensión de los actos de conciliación y juicio, se le tendrá por desistida de su demanda; advirtiendo igualmente a la parte demandada que su incomparecencia a los referidos actos no impedirá su celebración, continuando éstos sin necesidad de declarar su rebeldía.

- Respecto a los otrosíes solicitados a los efectos previstos en el artículo 81.4 de la LJS, se ha dado cuenta al juez con carácter previo, y se ha acordado por resolución de esta fecha, mandar que se practiquen las siguientes diligencias:

Al otrosí Se tiene por presentada la documentación que acompaña a la demanda, únase a los autos de su razón, sin perjuicio de que deba la parte proponerla en el acto de juicio como medio de prueba del que intentará valerse.

Al otrosí, se tiene por anunciado el propósito de comparecer asistido/a representado/a de Abogado/a o Graduado Social a los efectos del art. 21.2 de la LPL/LJS. y por designado domicilio a efectos de comunicaciones, art. 53 de la LJS.

Efectúese la citación al/a los demandado/s mediante edictos a publicar en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Cítese como parte al Fondo de Garantía Salarial a los efectos señalados en el art. 23 de la LJS.

Sin que esto signifique la admisión de la prueba propuesta por el actor, ya que éste deberá...

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