Procedimiento de juicio de faltas

AutorJesús Mª Barrientos
Cargo del AutorMagistrado y Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC)


La iniciación del procedimiento del juicio de faltas se produce de la misma forma que en los procesos ordinarios, por querella , denuncia , atestado policial o de oficio cuando el órgano jurisdiccional haya tenido conocimiento de la noticia criminis. A ellas, debe añadirse la remisión de actuaciones que comenzaron tramitándose de forma ordinaria, bien como sumario o, mucho más frecuente, como diligencias previas en el procedimiento abreviado, pero que luego se calificaron de posible falta. Su regulación se contempla en los arts. 962 a 977 de la Ley Enjuiciamiento Criminal (LECrim) .

Ver Procedimiento para el juicio sobre delitos leves introducido por la nueva Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal .

Contenido
  • 1 Problemática de la transformación de otro procedimiento al juicio de faltas
  • 2 Ver también
  • 3 Recursos adicionales
    • 3.1 En formularios
    • 3.2 Esquemas procesales
  • 4 Legislación básica
  • 5 Legislación citada
Problemática de la transformación de otro procedimiento al juicio de faltas

En el caso de remisión de actuaciones que comenzaron tramitándose de forma ordinaria, bien como sumario o, mucho más frecuente, como diligencias previas en el procedimiento abreviado, pero que luego se calificaron de posible falta, en principio, corresponderá conocer sobre el fondo del asunto (celebrar el Juicio de Faltas) al mismo Juez instructor. Sin embargo, éste deberá valorar a efectos de abstención ( art. 219.2º de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (LOPJ) ) si realizó actos de instrucción en función de los cuales pudiera considerarse que habría prejuzgado los hechos (por ejemplo, la adopción de medidas cautelares), o bien se limitó a practicar actos de mero trámite e impulso procesal que no requirieron entrar en el fondo del asunto. En el primer caso, procederá la abstención del Juez en salvaguarda al derecho al Juez imparcial y a un proceso con todas las garantías, pudiendo también solicitar dicha abstención la parte formulando recusación.

Ver también


Recursos adicionales

Jurisprudencia, Doctrina y Modelos en vLex.com en la voz Procedimiento


En formularios

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