Procedimiento del art. 199 LH. Posible invasión del dominio público

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: Para que la registradora pueda suspender la inscripción de una representación gráfica por invasión del dominio público, se requiere la oposición de la Administración correspondiente, sin que baste que sea alegada por las colindantes ni que conste como lindero en una descripción registral.

Hechos: Durante la tramitación del procedimiento del art. 199 LH para la inscripción de la representación gráfica catastral de una finca, dos de los notificadas se oponen a dicha inscripción alegado invasión de un camino de dominio público. Dicho camino, que, según las opositoras, separa sus fincas y la de la promotora del expediente, figura como lindero en la descripción registral de una de ellas.

La registradora de la propiedad suspende la inscripción de la representación gráfica con base en las alegaciones de las colindantes y en la comprobación de que en la ortofoto del catastro se puede observar que el sendero a que hacen referencia las descripciones de las fincas desaparece hasta quedar incluido parcialmente en la finca de la promotora.

La Dirección General estima el recurso y revoca la nota de calificación.

Doctrina: la falta de oposición por parte de la Administración justifica que ha quedado salvaguardado el dominio público supuestamente invadido y la delimitación de tal camino y su supuesta invasión tampoco resultan de la aplicación gráfica registral homologada, por lo que no procede acoger las manifestaciones de las colindantes ni, por tanto, suspender la inscripción de la representación gráfica. Se cita como antecedente la R. de 31 de julio de 2020, en un supuesto similar. La DG aclara que aunque nos encontrásemos ante un camino privado o servidumbre de paso, ello no sería tampoco obstáculo para la inscripción de la representación gráfica, como ya se señaló en las RR. de 27 de septiembre de 2018 o 16 de julio de 2020.

Comentario: la doctrina de que la falta de oposición por parte de la Administración afectada impide tomar en consideración la posible invasión del dominio público está consolidada en la DG. En particular, la R. de 31 de julio de 2020 impone a la...

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