ORDEN FORAL 205/2008, de 24 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueban los aspectos procedimentales y de gestión precisos para la aplicación de lo dispuesto en materia de concesión de avales en la Ley Foral 18/2008, de 6 de noviembre, de medidas para la reactivación de la economía de Navarra 2009-2011.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La disposición adicional primera de la Ley Foral 18/2008, de 6 de noviembre, de medidas para la reactivación de la economía de Navarra 2009-2011 excluye del ámbito de aplicación del Decreto Foral 49/1989, de 16 de febrero, por el que se regula el procedimiento de concesión de avales de la Comunidad Foral de Navarra, a los avales concedidos al amparo de lo previsto en el capítulo II de la citada Ley Foral.

Como complemento de esa exclusión del régimen procedimental general en materia de avales, el número 2 de la citada disposición adicional primera autoriza al Consejero de Economía y Hacienda para que apruebe los aspectos procedimentales y de gestión precisos para la aplicación de lo dispuesto en materia de concesión de avales por la citada Ley Foral 18/2008, de 6 de noviembre.

Con este procedimiento se trata de agilizar al máximo la concesión de los avales a las empresas solicitantes, con el fin de que puedan proceder en el menor tiempo posible a la conclusión de las operaciones financieras que les permitirán efectuar las inversiones beneficiadas con esta medida financiera. Ello se consigue a través de la coordinación de las actividades de los Departamentos implicados en el proceso, evitando duplicidades en los trámites, lo que ha de redundar en una minimización de los plazos de resolución.

En consecuencia, en virtud de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 41.1.e) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y su Presidente,

ORDENO:

Artículo 1 Convocatorias.

Los avales previstos en el capítulo II de la Ley Foral 18/2008, de 6 de noviembre, de medidas para la reactivación de la economía de Navarra 2009-2011 se articularán a través de la fórmula de ayudas en forma de avales. Para su concesión se aprobarán las oportunas convocatorias y las bases reguladoras por parte de los Consejeros de Innovación, Empresa y Empleo, de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, y de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana.

Artículo 2 Iniciación.

El procedimiento se iniciará exclusivamente a instancia de parte interesada.

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