Problemas de interpretación y calificación entre el código aduanero de la unión y algunos preceptos de la ley del IVA y la de los impuestos especiales en las operaciones de comercio internacional

AutorMónica García Freiría
Cargo del AutorContratada FPU del área de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Vigo
Páginas209-236
PROBLEMAS DE INTERPRETACIÓN
Y CALIFICACIÓN ENTRE EL CÓDIGO
ADUANERO DE LA UNIÓN Y ALGUNOS
PRECEPTOS DE LA LEY DEL IVA
Y LA DE LOS IMPUESTOS ESPECIALES
EN LAS OPERACIONES DE COMERCIO
INTERNACIONAL*
Mónica G F
Contratada FPU del área de Derecho Financiero
y Tributario de la Universidad de Vigo
SUMARIO: 1. INTRODUCCIÓN.—2. DELIMITACIONES CONCEPTUALES PREVIAS: 2.1. Bre-
ve aproximación al concepto de exención tributaria en nuestra doctrina y su diferenciación con
los supuestos de no sujeción. 2.2. La interpretación de la norma tributaria en general y de las
exenciones tributarias y supuestos de no sujeción en particular: la superación de una vieja polé-
mica doctrinal.—3. LA IMPOSICIÓN SOBRE EL CONSUMO EN LAS OPERACIONES DE
COMERCIO INTERNACIONAL: 3.1. La Ley del IVA y la normativa aduanera. 3.2. Cuestiones
interpretativas vinculadas a las exenciones relativas a las Zonas Francas, depósitos temporales, y
a los regímenes suspensivos aduaneros y scales: a) Exenciones relativas a las áreas arancelarias
exentas: Zonas Francas y depósitos temporales. b) Exenciones relativas a los regímenes suspen-
sivos aduaneros y scales. 3.3. Los impuestos especiales y la imposición aduanera: supuestos de
no sujeción.—4. LOS SUPUESTOS DE NO SUJECIÓN EN EL CAU: LA ENTRADA DE MER-
CANCÍAS NO COMUNITARIAS EN ZONAS FRANCAS Y DEPÓSITOS ADUANEROS.—BI-
BLIOGRAFÍA.
* Este trabajo ha sido realizado al amparo del proyecto de investigación desarrollado en la Univer-
sidade de Vigo «DER2015-66338-P (MINECO/FEDER)», sobre «El ordenamiento nanciero y tributa-
rio de Puertos y Zonas Francas en España: implicaciones de la Unión Europea y de la liberalización del
comercio internacional», nanciado por el Ministerio de Economía y Competitividad.
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1. INTRODUCCIÓN
La creación de un mercado interior único desde el año 1993, y la con-
siguiente desaparición de los controles scales fronterizos en el ámbito de
la Unión Europea, han exigido numerosas adaptaciones en el tratamiento
tributario de las operaciones de comercio internacional. Especialmente en
el ámbito de la scalidad sobre el consumo tanto para los bienes sometidos
al Impuesto sobre el Valor Añadido como los que son objeto de impuestos
especiales.
Esta nueva coyuntura ha llevado aparejadas consecuencias también en
el ámbito del Derecho aduanero tributario que ha sufrido diversas modi-
caciones. La normativa aduanera es aplicable a los intercambios entre la
Unión Europea y los países terceros, siendo aplicable el Código Aduane-
ro de la Unión (en adelante, CAU) no solo a los derechos de aduana (los
derechos del Arancel Aduanero Común), sino también a las exacciones de
efecto equivalente a las mismas. En palabras de Falcón y Pulido, «la Unión
Europea supone una unión aduanera, es decir, una zona de libre comercio en
el interior y un arancel común frente al exterior». Consecuentemente se es-
tablece una prohibición entre los Estados miembros de derechos de aduana
de importación o exportación y de cualquier exacción de efecto equivalente,
así como la adopción de un Arancel Aduanero Común en sus relaciones con
terceros países 1.
Si bien todas estas guras tributarias inciden sobre el comercio inter-
nacional, no existe una total coherencia entre toda esta normativa 2 debido,
como es evidente, a la enorme complejidad de las relaciones de comercio
internacional.
Asimismo, en la Directiva y en la Ley del IVA, así como en la Directiva
y en la Ley de Impuestos Especiales, existen varias referencias a la legis-
lación aduanera —a veces como supuestos de exención, y otras, debiendo
ser interpretadas tales referencias como supuestos de no sujeción—. De ello
se deduce la existencia de vínculos notablemente relevantes entre la im-
posición aduanera, el IVA y los impuestos especiales en el ámbito de las
operaciones de comercio internacional. Dedicaremos las siguientes páginas
a perlar algunas cuestiones conceptuales e interpretativas que rodean estos
supuestos. Partiremos para su análisis de las reglas hermenéuticas propias
1 Cfr. R. F  T y E. P G, Derecho Fiscal Internacional, 2.ªed., Madrid,
Marcial Pons Ediciones Jurídicas y Sociales, 2013, p. 329.
2 La normativa citada y que ha sido objeto de estudio en el presente trabajo es, fundamentalmente,
la que a continuación se detalla: el Reglamento (UE) 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
9 de octubre, por el que se establece el Código Aduanero de la Unión; la Directiva 2006/112/CE del Con-
sejo, de 28 de noviembre (en adelante, Directiva IVA); la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto
sobre el Valor Añadido (o LIVA); la Directiva 2008/118/CE del Consejo, de 16 de diciembre, relativa al
régimen general de los impuestos especiales, y por la que se deroga la Directiva 92/12/CEE, y la Ley
38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales (en adelante, Ley de IIEE).

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