Privatización de las cárceles y trabajo: ¿fórmula para la reinserción o racionalidad de mercado?

AutorMarcus Alan de Melo Gomes
Páginas239-259
239
SUMARIO: I. Introducción. II. La gestión de riesgos mediante el control
penal. III. Encarcelamiento en masa. IV. El trabajo en las cárceles brasile-
ñas. V. La privatización de las cárceles. VI. La gestión privada de las cár-
celes en Brasil. VII. Últimas consideraciones.
I. INTRODUCCIÓN
La relación entre la gestión privada de las cárceles y la reinserción social
de los condenados es un tema que ha adquirido relevancia político-criminal
en las últimas dos décadas en Brasil. Contrariamente a lo que se podría pensar
en un principio, la privatización del sistema penitenciario no es un fenómeno
con repercusiones meramente locales o regionales. Existen cárceles privadas
en varios países de diferentes continentes, con especial énfasis en Estados
CAPÍTULO 10
PRIVATIZACIÓN DE LAS
CÁRCELES Y TRABAJO: ¿FÓRMULA
PARA LA REINSERCIÓN O
RACIONALIDAD DE MERCADO?
Marcus Alan de Melo Gomes
Profesor Asociado de Derecho Procesal Penal en el Instituto de Ciencias
Jurídicas de la Universidad Federal de Pará. Profesor permanente del
Programa de Posgrado en Derecho y del Programa de Posgrado en
Seguridad Pública de la Universidad Federal de Pará. Magistrado
REINSERCIÓN Y PRISIÓN
RICARDO M. MATA Y MARTÍN DIRECTOR | TOMÁS MONTERO HERNANZ COORDINADOR
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Unidos, donde encontró terreno fértil para germinar de manera rentable. En
Europa, Inglaterra y Francia adoptaron el modelo privatizado a través de ex-
periencias que, de alguna manera, se parecen a la brasileña, al menos en re-
lación a la modalidad de contratación pública que permite la construcción y
gestión de estos establecimientos penales.
La pregunta aquí propuesta nos desafía a reexionar sobre un antiguo
debate con respecto a las funciones de la pena, ahora contextualizado en el
escenario del Estado mínimo neoliberal: ¿el trabajo de la persona encarcelada,
que siempre se ha insertado en la ejecución de la pena con la nalidad decla-
rada de promover la reinserción, en prisiones privadas y mediante condiciones
diversas de aquellas que prevalecen en establecimientos públicos, constituiría
un instrumento idóneo y legítimo de resocialización, o únicamente responde-
ría a la racionalidad de mercado comprometida con el lucro que, hoy en día, se
extiende al poder punitivo y relativiza una de las pocas actividades que todavía
se considera monopolio estatal?
Esta cuestión debe ser examinada desde una perspectiva que considere
a la industria del control del delito como una expresión de tendencias actua-
riales que ha marcado tanto a la política criminal en los países occidentales,
especialmente en aquellos de América Latina inuenciados por la concepción
de los nes de la pena elaborada por la dogmática germánica, en la que se
incluye la prevención especial positiva, cuyas posibles inconsistencias teóricas
entran insólitamente en conicto con la realidad económica y social y el dis-
curso punitivista, muy intensicado en la región en los últimos años.
II. LA GESTIÓN DE RIESGOS MEDIANTE
EL CONTROL PENAL
El auge de la concepción de la pena con nalidad de reinserción se
alcanzó en el Welfare State, en aquellos países donde este modelo se ha logra-
do en los años posteriores a la Segunda Guerra Mundial. Un Estado fuerte,
intervencionista, comprometido con los derechos sociales era la premisa prin-
cipal de la pena resocializadora. Sin embargo, en la década de 1970 la incapa-
cidad del welfarismo para garantizar servicios públicos de calidad y la presión

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