Los principios cooperativos

AutorAlejandro Martínez Charterina
Cargo del AutorCatedrático de la Universidad de Deusto
Páginas45-54

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El principal elemento que confiere prioridad a la cooperativa de Rochdale como punto de partida del cooperativismo moderno es, como venimos observando, el hecho de que en sus Estatutos y en sus prácticas se destacan unas reglas de funcionamiento que las cooperativas posteriores a ella iban a ir copiando y que terminarían por denominar principios cooperativos, elemento principal de su identidad71.

4.1. Los principios de Rochdale

Estos principios, que orientan las conductas de la empresa cooperativa y la hacen diferente a otras empresas que acomodan sus comportamientos a otros principios o que carecen de principios, emanan de los Estatutos de la Rochdale Society of Equitable Pioneers de 1844, de las enmiendas de los Estatutos de 1845, y de diversos acuerdos de asambleas posteriores hasta los Estatutos de 1855.

De las distintas formulaciones que se han realizado de los primitivos principios selecciono la que hace

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Paul Lambert72, que considera como principios de Rochdale los siguientes73:

• La libre adhesión (y también la libre dimisión).

• La adhesión voluntaria.
• La neutralidad política y religiosa.
• El control democrático (un hombre un voto).
• El interés limitado del capital.
• La distribución de los beneficios en proporción a las compras realizadas.

• La devolución desinteresada del activo neto en el caso de disolución de la sociedad74.

• Las ventas a precio de mercado.
• Las compras y ventas al contado75.

• La pureza y calidad de los productos.
• La promoción de la educación entre los miembros.

• La aspiración de cooperativizar la organización económica y social del mundo.

Todo ello nos muestra que

La cooperativa de Rochdale se empeña en llevar a cabo las compras y ventas al contado, en vender a precio de mercado, pero asegurando la pureza y calidad de los productos, en distribuir los beneficios en atención a las compras efectuadas, desvinculando el beneficio del capital que recibirá como retri-

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bución un interés limitado, y promocionando la educación entre sus miembros. A la cooperativa se accede libre y voluntariamente, lo que lleva implícito el deseo de ser socio y de participar activamente en la marcha y gestión democrática, cada socio un voto, de la cooperativa”76.

Completa la síntesis del párrafo anterior la posición neutral en lo que se refiere a las ideas políticas y religiosas, y el compromiso social de la cooperativa a través de la devolución desinteresada de los activos restantes en la disolución de la misma, así como las aspiraciones de cooperativizar el mundo.

4.2. Evolución de los principios cooperativos

La Alianza Cooperativa Internacional (A.C.I.), creada en Londres en agosto de 1895 para reunir los movimientos cooperativos que se habían ido formando en la segunda mitad del siglo XIX en los distintos países de Europa por los que las cooperativas se iban extendiendo, se reconoce en la Declaración de Misión que realiza al comienzo de su Estatuto como “custodio de los valores y principios cooperativos…77.

A pesar de su formación en 1895, la Alianza Cooperativa Internacional no se detuvo en la identidad cooperativa hasta la celebración de su X Congreso, que tuvo lugar en Basilea en 1921. Entre las resoluciones del citado Congreso se llevó a cabo un reconocimiento de los principios de Rochdale y se universalizó el uso de estos principios al pedir a las cooperativas

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afiliadas a las organizaciones miembros de la Alianza que adecuaran sus comportamientos a los mismos78.

A partir de esta aceptación formal de los principios de Rochdale como principios cooperativos, la Alianza Cooperativa Internacional actuará en tres ocasiones, 1937, 1966 y 1995, para reformarlos y actualizarlos hasta la Declaración de la Identidad Cooperativa, ya citada, que los contiene.

La primera de las intervenciones se produjo en el XV Congreso de la A.C.I., que se celebró en París en 1937. Este Congreso aprobó el informe que había sido preparado por una comisión constituida para ello y los principios cooperativos, en número de siete, quedaron divididos en dos partes.

Los cuatro primeros principios, necesarios para que una cooperativa fuera considerada como tal y aceptada su afiliación en la Alianza, siempre a través de sus organizaciones federativas, eran los siguientes:
• La libre adhesión.
• El control democrático.
• La distribución de los excedentes a prorrata de las transacciones realizadas.

• El interés limitado al...

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