El principio de precaución, convenio de aarhus y las medidas cautelares en el procedimiento contencioso administrativo: comentario de los autos de 4 de enero y 9 de marzo de 2017 de la sección segunda de la sala de lo contencioso administrativo del tribunal superior de justicia de Canarias (rec. 276/2015)

AutorJaime Doreste Hernández
CargoAbogado ambientalista. Magerit Abogados
Páginas43-50
www.actualidadjuridicaambiental.com
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Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 5 de junio de 2017
“EL PRINCIPIO DE PRECAUCIÓN, CONVENIO DE AARHUS Y
LAS MEDIDAS CAUTELARES EN EL PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO: COMENTARIO DE LOS
AUTOS DE 4 DE ENERO Y 9 DE MARZO DE 2017 DE LA
SECCIÓN SEGUNDA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE CANARIAS (REC. 276/2015)”
Autor: Jaime Doreste Hernández, Abogado ambientalista. Magerit Abogados
Fecha de recepción: 03/ 05/ 2017
Fecha de aceptación: 25/ 05/2017
Fuente: Procedimiento: 0000276/2015, Auto TSJ Canarias 4-01-2017 y
Auto TSJ Canarias 9-03-2017
Temas Clave: Medio Ambiente; Transporte de Energía Eléctrica; Paralización
Cautelar; Principio de Precaución; Convenio de Aarhus; Acceso a la Justicia
En no pocas ocasiones, en el ‘pleito ambiental’ se torna decisivo, no tanto el
resultado estimatorio o desestimatorio de la Sentencia que venga a poner fin al
mismo, sino obtener con carácter anticipado a ésta- una medida cautelar
suspensiva que conjure el riesgo de que se produzca y consolide un daño
ambiental por la fuerza de los hechos, por la avasalladora inercia de la obra
pública (o privada).
De este modo, es en esta ‘arena’ procesal e incidental de combate (incluso el
maestro Eduardo García de Enterría le dedicó la interesante publicación “La
batalla por las medidas cautelares. Derecho comunitario europeo y proceso
contencioso administrativo español”, Ed. Civitas 2006) donde se va a dirimir
la efectiva protección de los valores ambientales en juego.
En los Autos que comentamos, la Sala de lo Contencioso del TSJ de Canarias

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