Príncipe y Principado de Asturias: Historia dinástica y territorial de un título

AutorSantos M. Coronas González
Páginas49-73

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Introducción

El título de Príncipe de Asturias, como dignidad de los inmediatos sucesores de la Corona de Castilla primero y de España después, cuenta con una historia de más de seis siglos de tradición. Esta historia es al tiempo la de un título y la de un territorio, Asturias, que a fines del siglo XIV se convirtió en Principado reverdeciendo su antigua significación como origen y fundamento de la primera monarquía medieval hispánica. Siguiendo sus avatares históricos plasmados en crónicas y documentos, en usos, costumbres y leyes, en arte, literatura, y música, se llegaPage 50 a un presente rico en matices culturales y políticos que dan un sentido profundo a los títulos de Príncipe y Principado de Asturias en la monarquía de España.

1. Historiografía

En Asturias, la vieja vinculación del territorio con el título al que da nombre se descubre en la obra que inició propiamente la historiografía regional: las «Antigüedades y cosas memorables del Principado de Asturias» del P. Alfonso de Carvallo, publicada en 1695, casi un siglo después de ser escrita, en la que se recogían ya algunos documentos básicos de la institución1. Fue, sin embargo, la «Historia de la fundación del Principado de Asturias como dignidad y mayorazgo de los reyes de España y herederos de estos Reynos»2, publicada un siglo más tarde por el P. Risco (1795), la primera en esbozar la histo-Page 51ria institucional del título, resumiendo en clave historial los orígenes del Principado y la serie de príncipes hasta su época, difundiendo a la vez en un valioso apéndice documental la documentación esencial recogida en los memoriales de pleitos de los siglos XVII y XVIII. De esta forma, el Principado de Asturias pudo entrar en el ancho cauce de la historiografía decimonónica sobre una sólida base documental, enriquecida a principios de siglo con aportaciones patrióticas como la de Joaquín Godines de Paz con su obra «Origen del título de Príncipe de Asturias» (Madrid, 1808)3, la colección de los «Documentos relativos al antiguo privilegio del Principado de Asturias, en el nacimiento y bautizo de los hijos primogénitos de los Reyes de España»4, o la «Crónica de los Príncipes de Asturias» de Nicolás N. Caunedo, publicada en Oviedo en 1858; pero también con aportaciones polémicas, como la planteada por la crisis dinástica de 18685o la desatada a fines del siglo por la doctrina canovista sobre el alcance histórico del título de Príncipe de Asturias recogida en el Real Decreto de 22 de agosto de 1880, refutada o apoyada por diversos autores (Pérez de Guzmán6, Fabié7, Brusola8, Vida9, Canella10...). Ya en nuestro siglo, los estudios sobre el Principado como título y dignidad de los herederos de la Corona de España se ampliaron con nuevos enfoques y líneas de investigación de la quePage 52son buena prueba la obra del marqués de Alcedo sobre la merindad mayor de Asturias en la que se planteaban con gran aporte documental los problemas del príncipe Enrique (IV) con el poder efectivo de los condes de Luna en Asturias11, línea de trabajo proseguida por Benito Ruano y su escuela asturleonesa12que, en cierto modo, desembocó en el congreso sobre los Orígenes del Principado de Asturias y de la Junta General (Oviedo, 1988)13. Al tiempo, con un carácter divulgativo que no excluye en todo caso el rigor científico, aparecieron diversas obras proclives a la restauración del título o conmemorativas del VI Centenario de su fundación, acercando a nuestra época su significado histórico con ayuda, en ocasiones, de una cuidada selección pictórica (Alvarez Solar-Quintes14, Casariego15, Gutiérrez de Ballesteros16, J. Urrea17, J.de Lillo18, Venturo i Esturgo19, Lorenzo Somonte20, Rodríguez de Maribona21, García Mercadal22...), a las que hay que sumar últimamente la serie de estudios recogidos bajo el título genérico de La figura del Príncipe de Asturias en la Corona de España (Madrid, 1998), o los dedicados al estatuto jurídico y a la persona del actual Príncipe de Asturias23.Page 53

2. Los orígenes políticos del principado

En la historia del Principado de Asturias, como dignidad y mayorazgo de los sucesores al trono de Castilla primero y más tarde de España, se pueden distinguir varias épocas que marcan los hitos institucionales de su evolución. La primera época, la fundacional del título, se inicia en 1388 con la concesión como merced regia del título de príncipe de Asturias por parte de Juan I a su hijo primogénito Enrique (III), con ocasión de su boda con Catalina de Lancaster, nieta de Pedro I. En un intento por superar la lucha dinástica entre ambas ramas de la realeza castellana, Borgoñas y Trastámaras, se acudió a una figura institucional -el principado- consagrada ya por entonces en algunas monarquías occidentales; caso de Inglaterra, con una tradición que remontaba a más de un siglo atrás (1254), con la anexión de Gales24; o de Francia, con su Delfinado de Vienne (1343-1349)25; y, aún más próxima y por ello tal vez más influyente, la de la Corona de Aragón con su Ducado de Gerona creado por Pedro IV en 1351 para el heredero de la Corona26.Page 54

En este sentido, ya Juan I, años antes de la creación del título de Principe de Asturias, había mostrado su intención de vincular ciertas tierras y señoríos para los infantes herederos, en concreto los señoríos de Lara y Vizcaya y el ducado de Molina «así como es en Francia el Delfinazgo y en Aragón el ducado de Gerona....y que sean siempre tierras apartadas para los infantes herederos» (Manda testamentaria de 21 de junio de 1385)27. Este mismo rey, al paci-Page 55ficar dos años antes la tierra de Asturias frente a las banderías de su hermanastro, el conde Alfonso, había prometido que sería siempre de la Corona (Escritura de concordia de 18 de julio de 1383)28; en su virtud, la tierra de Asturias, que corría el riesgo de señorialización, afirma su vocación realenga con la notoria excepción del señorío episcopal de la Iglesia ovetense que por entonces incrementa su patrimonio con el condado de Noreña, concedido al obispo don Gutierre de Toledo por su decisiva colaboración en la pacificación del territorio (Privilegio autorizado por las Cortes de Segovia de 1383). Esta será la base territorial del título que en 1388 se concede al infante Enrique y a su mujer, Catalina de Lancaster, rescatando para la Corona un territorio que parecía llamado, como sus vecinos de Galicia o del norte de Castilla, a convertirse en un enclave señorial.

3. La configuración legal del principado como señorío jurisdiccional

El nuevo título ya se concedió con cierta ceremonia tal y como relatan las crónicas de la época: «asiento en trono, manto de púrpura, sombrero en la cabeza, vara de oro en la mano, beso de paz y proclamación como Príncipe de Asturias»29. Son las primeras noticias sobre el ceremonial de la jura del Príncipe de Asturias, cuya dignidad oficial y derechos inherentes al título se irían formalizando con el paso de los siglos, como señalara ya el P. Risco. En todo caso faltó el tiempo necesario para consolidar la institución como prueba, al margen de otros testimonios, la inexistencia o pérdida de la propia documentación fundacional ya en tiempos de Juan II30. La muerte prematura de Juan I y la minoridadPage 56de Enrique m impidieron su inmediata conformación institucional y jurídica, a la que se alió la nueva actitud levantisca del conde Alfonso quien, tras obtener su libertad por decisión de los tutores del rey, regresó a Asturias, intentó apoderarse sin éxito de Oviedo y, finalmente, acosado por la tropas leales al rey, se refugió en Gijón sometiendo su causa al arbitraje internacional del rey de Francia. En su resolución, este rey impuso al conde Alfonso la devolución de los territorios que tenía en Asturias, siendo entonces cuando, antes de partir para el exilio, su mujer, la «perversa y maldita condesa» de las crónicas, quemó la villa de Gijón (1394)31. Fue probablemente entonces, al lograr la pacificación de Asturias y su afirmación como tierra de realengo, cuando se intentó hacer efectiva la anterior proclamación del Principado como mayorazgo regio de los herederos de la Corona de Castilla.

Esta idea se desprende de un albalá tardío, fechado en Tordesillas el 3 de marzo de 1444 y confirmado en Peñafiel el 5 de agosto de ese mismo año, en vísperas de la decisiva batalla de Olmedo (1445) que enfrentó al «partido» monárquico con el nobiliario de los infantes de Aragón. Juan II, «informado y bien certificado» de la orden de su padre, Enrique III, de hacer todas las ciudades, villas y lugares de Asturias de Oviedo mayorazgo de los príncipes de Castilla, dispuso la conversión del título de Principado en señorío jurisdiccional, vinculando sus ciudades, villas y lugares con sus rentas y jurisdicciones al mayorazgo de los herederos de la Corona32. Así, con la conformación legal del Principado, se reno-Page 57vó la vieja dualidad villa (realenga) - tierra (señorial) que habría de perdurar, bajo el señorío jurisdiccional del Príncipe, hasta la época de los Reyes Católicos33. Con ella cobró el Principado una impronta realenga y urbana llamada a actualizar la vieja función liberalizadora del villazgo que impulsara siglo y medio atrás Alfonso X el Sabio. Por lo demás, como tal mayorazgo o forma histórica de propiedad vinculada propia de la Castilla señorial, el Principado resultaba indisponible, garantizando para la Corona un patrimonio familiar sometido al régimen de sucesión forzosa por derecho...

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