Principales novedades de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo

AutorvLex

Las Cortes aprobaron, con el acuerdo de todos los grupos parlamentarios, la Ley de Reformas Urgentes para el Trabajo de Autónomos. La norma entrará en vigor los próximos días tras su aprobación en el Boletín Oficial del Estado.

La nueva Ley de Autónomos se compone de varias medidas para que haya más autonómos, fomentar su empleabilidad, la jubilación activa y flexibilizar los trámites y regulación. También se pretende mejorar la calidad del trabajo autónomo y que afectan a la formación, estabilidad y seguridad en el trabajo.

Vemos, a continuación, las principales novedades:

Extensión de la “Tarifa Plana” para los nuevos trabajadores autónomos que emprendan o reemprendan una actividad por cuenta propia.

Se amplía la Tarifa Plana de 50 euros a doce meses, frente a los seis actuales, el período de duración de la cuota reducida para los autónomos que causen alta inicial por primera vez en el sistema de Seguridad Social.

Asimismo, para aquellos trabajadores que reemprendan su actividad por cuenta propia, para obtener esta cuota reducida, se reduce a dos años, frente a los cinco actuales, el requisito de no encontrarse previamente de alta en el sistema de Seguridad Social.

Medidas para favorecer la conciliación entre la vida familiar y laboral de los trabajadores autónomos.

Se bonifica a las mujeres autónomas que se reincorporen al trabajo después de maternidad, adopción, acogimiento y tutela, de forma que aquellas mujeres que vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia en los dos años siguientes a la fecha de cese por uno de los motivos anteriores, podrán acogerse a la tarifa plana de 50 euros durante los 12 meses siguientes a su reincorporación al trabajo, siempre que opten por cotizar por base mínima.

Se incrementa de siete a doce años la edad de los menores a cargo que posibilitan el acceso a la bonificación, por un plazo de hasta doce meses, del 100% de la cuota de autónomos por contingencias comunes

En este supuesto, además, se elimina el requisito de sustituir al trabajador autónomo mediante un contrato de interinidad con un desempleado para disfrutar de esta bonificación.

A partir del 1 de marzo de 2018, las prestaciones económicas por maternidad y paternidad de los trabajadores autónomos y de los trabajadores del mar por cuenta propia del grupo 1º, consistirán en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora diaria, resultado de dividir la suma de las bases de cotización en este régimen especial durante los seis meses...

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