El primer Fuero Castellano: Brañosera, 13 octubre 824

AutorGonzalo Martínez Díez
Páginas29-65

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1. Brañosera en el condado de Castilla y Reino de Oviedo

La importancia del llamado fuero o carta-puebla de Brañosera es doble y se extiende tanto a la historia política del condado de Castilla como a la historia de las instituciones jurídicas más primitivas, las que se desarrollaban en los primeros momentos del nacimiento de la sociedad castellana.

Respecto de la historia política el fuero de Brañosera es el único testimonio verídico que nos da a conocer el linaje y los antepasados del conde Fernán González; sin esa breve carta y las sucesivas confirmaciones que lo acompañan estaríamos en la oscuridad más completa respecto a los antepasados y al linaje del gran conde castellano.

Por lo que atañe a la historia de las instituciones baste señalar que la carta-puebla de Brañosera no sólo es el primero de todos los fueros castella-Page 30nos 1, sino también el más antiguo de entre todos los fueros de todos los reinos y territorios cristianos de España. Si acaso sólo compite con el fuero de Brañosera la capitular de Carlomagno otorgada hacia el año 801, acogiendo bajo su inmunidad y protección a los godos e hispanos de la ciudad de Barcelona y del castillo de Tarrasa y regulando su situación jurídica, pero este texto no se ha conservado, aunque haya sido reconstruido sobre la base de las noticias que acerca de dicha capitular de Carlomagno se consignan el año 844 en otra capitular de su nieto Carlos el Calvo 2.

Hemos calificado al fuero de Brañosera como carta-puebla castellana, porque aunque hoy el lugar de Brañosera no pertenezca a la provincia de Burgos, siempre desde sus más remotos orígenes conocidos de principios del siglo IX, Brañosera con Aguilar de Campoo ha estado vinculada al condado de Castilla, al reino de Castilla y a la diócesis de Burgos; a esta última hasta el año 1956, en que se acomodaron los límites diocesanos a los de las provincias civiles nacidas en 1834.

Cuando el año 824 se concedía su carta de población a Brañosera los musulmanes dominaban la mayor parte de la Península Ibérica; los cristianos únicamente controlaban la cornisa cantábrica y las montañas pirenaicas; las fuerzas de Carlomagno hacía pocos años que habían avanzado hasta la línea del Llobregat incorporando al imperio carolingio los condados de Gerona y de Barcelona.

Pero en la cuenca del Duero entre los musulmanes y los cristianos se extendía una amplia zona desertizada; todavía faltaban casi 40 años para que el primer conde de Castilla, que ha dejado su nombre en la documentación, el conde Rodrigo, saliera de las montañas cantábricas y repoblara el año 860 la antigua ciudad de Amaya; faltaban al menos 60 años para que el hijo del conde Rodrigo, el conde Diego, repoblara el año 884 la ciudad de Burgos, y casi 90 para que los condes castellanos llegaran hasta el Duero y se fortificaran el año 912 a orillas del gran río, repoblando Haza, Roa, San Esteban de Gormaz y Osma.

El año 824, cuando el conde Monnio Nunniz y su esposa Argilo otorgaban la carta-puebla a Brañosera, las tierras castellanas lo mismo que las alavesas se hallaban ya integradas en el reino de Asturias o más exactamente de Oviedo, donde reinaba desde el año 791 Alfonso II, hijo de Fruela I (757-768), nieto de Alfonso I (739-757) y biznieto de Pelayo (718-737); su reino ocupaba casi toda la cornisa cantábrica, desde los confines de Vizcaya con Guipúzcoa hasta la costa atlántica englobando casi toda Galicia.

El emirato independiente de Córdoba estaba regido desde el 21 de mayo del 822 por Abd al-Rahman II, que al año siguiente del inicio de su reinado ponía fin a la tregua implícita, que venía observándose ya casi durante dos Page 31decenios entre el emir cordobés y el rey de Oviedo, y enviaba a su ejército comandado por el veterano general Abd al-Karim ibn Mugait contra las tierras que los musulmanes llamaban, Álava y los Castillos, esto es, Álava y Castilla. Este ejército combatió y asoló las comarcas alavesas y castellanas más orientales, pero en modo alguno afectó directamente a las tierras de Campoo, aunque es posible que sus hombres tuvieran que movilizarse y acudir en defensa de las comarcas atacadas.

El fuero de Brañosera encaja perfectamente con los esfuerzos de restauración interior del reino que venía desarrollando Alfonso II después de las graves pérdidas y destrucciones que había tenido que sufrir a manos de los ejércitos de los emires Hisham I (788-796) y al-Hakam I (796-822), al menos hasta el año 803, y que estaban exigiendo una colonización interior y asentamientos poblacionales en las tierras más seguras de la cornisa cantábrica, pero que todavía no permitían la expansión por las tierras más llanas de la meseta, fase que sólo se iniciará sin éxito con el intento repoblador de León del año 845, y con resultado ya positivo, con la vuelta a la vida de León y Amaya el año 860, esta última a tan sólo diecisiete kilómetros al sur de Aguilar de Campoo.

2. Transmisión manuscrita del fuero de brañosera

El pergamino original en el que se puso por escrito esta carta-puebla el año 824 y en el que se añadieron posteriormente las confirmaciones de Gonzalo Fernández el año 912, de Fernán González el 968 y de Sancho García el 998, no ha llegado hasta nosotros; desgraciadamente se ha destruido, al igual que tantos documentos altomedievales que se perdieron por el transcurso del tiempo o con la supresión de la vida religiosa y exclaustración forzosa de todos los monjes y religiosos decretada el año 1835.

Lo que sí es absolutamente cierto es que en el archivo del monasterio benedictino de San Pedro de Arlanza, en los primeros años del siglo XVII, se conservaba un pergamino de cuero del que nos dice expresamente Prudencio de Sandoval, que tomó el texto que dio a las prensas el año 1615: Vna escritura notable hallé en la casa de S. Pedro de Arlanza, hecha en la Era 862, que es el año 824 3...En la misma piel desta escritura están las confirmaciones 4.

En el archivo del mismo monasterio burgalés seguía cien años después el diploma que había utilizado Sandoval, según nos informa Francisco de Berganza: En el archivo del monasterio de San Pedro de Arlanza ay vn privilegio muy autorizado, en que Munio Núñez y su muger Argilo, conceden a ciertas personas algunas exempciones, para que pueblen el sitio de Brañosera 5, aunque este eximio investigador no quiso reiterar su publicación, pues ya había sido Page 32 dado a la luz por Sandoval: Pusiera aquí la escritura, por ser bien notable, si no la huviera dado a la estampa el señor Sandoval en la Historia del Conde Fernán Gonçález; pero advierto, que por descuido del Impressor faltan en la fecha estos números DCCC 6.

Este pergamino hoy perdido, el consultado por Sandoval y Berganza, fue objeto en el siglo XVIII de dos copias simples manuscritas, independientes entre sí; hoy estas dos copias simples, que nos han transmitido también el texto de la carta-puebla de Brañosera, se encuentran en el monasterio de Santo Domingo de Silos 7.

La primera de estas copias, la que designaremos como copia A, se encuentra en un códice catalogado bajo la signatura núm. 10, en los folios 41r-42r, y fue realizada en torno hacia el año 1770 o poco después por el monje benedictino e insigne calígrafo P. Liciniano Sáez (1737-1809), que ejerció el oficio de archivero de dicho monasterio de Silos a partir del año 1769 8. Esta copia fue la utilizada por el P. Luciano Serrano para ofrecernos un nuevo texto de la cartapuebla de Brañosera: Arch. Silos, Ms. 10, fol 41, copia sacada directamente del original existente en Arlanza por el P. Liciniano Sáez, cuya pericia paleográfica y ordinaria fidelidad en la transcripción de documentos merecen entera confianza 9.

La segunda copia, la que llamaremos copia B, se conserva igualmente en Silos en el manuscrito núm. 4, folios 15r-16v, y es obra de la mano de un copista anónimo que por el tipo de letra encaja perfectamente en el siglo XVIII. Es bastante más imperfecta e incompleta que la del P. Liciniano Sáez, ya que ofrece algunas lagunas u omisiones, no en la parte dispositiva de la carta-puebla, pero sí entre los testigos que subscriben, omisiones todavía más abundantes en las tres confirmaciones posteriores roboradas por los descendientes de los otorgantes Munio Núñez y Argilo, a saber, los condes Gonzalo Fernández, Fernán González y Sancho Fernández. Estas omisiones patentizan que en ningún caso la copia A tuvo como modelo la copia B.

Esta copia B fue la utilizada por Juan Antonio Llorente en 1807, segundo editor de la carta-puebla de Brañosera, para publicar de nuevo el texto de este valioso documento histórico y jurídico, aunque en ningún momento el autor indique la fuente precisa de donde había tomado el tenor literal por él dado a la imprenta 10. Esta dependencia del texto publicado por Llorente de la copia B queda patente al comprobar que todas las omisiones de esta copia del manuscrito silense núm. 4, f. 15r-16v, se reproducen fielmente como lagunas en el texto impreso por el canónigo riojano. En la edición de Juan Antonio Llorente se advierten algunos pequeños errores de transcripción, el cambio arbitrario Page 33 del nombre de un testigo y modificaciones de algunas palabras, así como bastantes alteraciones de la ortografía y omisión de un buen número de firmas.

Por otra parte, aunque todo el texto de la copia B esté incluido en la copia A, y no añada nada al mismo, con todo aparecen en la copia B algunas variantes y suficientes indicios que nos permiten...

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