Anotación preventiva de querella

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas213-214

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Supuesto de hecho: Se discute sobre la posibilidad de practicar una anotación preventiva de querella por falsedad y estafa en la que concurren las siguientes circunstancias: a) se denuncia falsedad en una certificación de junta de propietarios de una división horizontal que acreditaba haberse adoptado por unanimidad un acuerdo con trascendencia registral, pues afectaba a determinados elementos comunes de un edificio. b) La querella se dirige contra el presidente de una comunidad de propietarios.

Cuestiones que se plantean:

¿Es necesario que el procedimiento se dirija contra todos los titulares de la propiedad horizontal?

¿Puede considerarse que la acción ejercitada tiene trascendencia real cuando no se pide la nulidad de un título o la rectificación del contenido del Registro?

¿Al referirse el acuerdo certificado a determinados elementos comunes del edificio, cabe que la anotación se practique sobre la inscripción general del inmuebles o debe extenderse a todos los elementos privativos del inmueble?

Respuesta de la DGRN:

A la primera pregunta contesta la DGRN diciendo que es suficiente con que la acción se dirija contra el presidente y que no cabe exigir un litisconsorcio pasivo necesario por el sólo hecho de que exista una situación de comunidad.

En cuanto a la segunda pregunta, destaca la Resolución que la anotación de querella es una modalidad de la anotación de demanda regulada en el artículo 42.1 de la Ley Hipotecaria, y como tal puede practicarse siempre que

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su estimación pueda producir una alteración registral. En definitiva, se trata de evitar con la práctica de estas anotaciones que, durante el procedimiento, puedan surgir terceros que, amparados por la fe pública registral, resulten inmunes al fallo judicial. En este caso, la trascendencia registral resulta del propio contenido certificado, referido a una parte del edificio en régimen de propiedad horizontal

En cuanto a la tercera cuestión, dice la DGRN que la solución parte de la consideración que tengan los elementos comunes afectados por la querella...

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