Orden ECI/1702/2007, de 12 de junio, por la que se regulan los préstamos a graduados universitarios ligados a la posesión de una renta futura.

MarginalBOE-A-2007-11650
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

Los Presupuestos Generales del Estado para el año 2007 incluyen en su Sección 18 (Ministerio de Educación y Ciencia), Servicio 07 (Dirección General de Universidades), programa de gasto 322C (Enseñanzas Universitarias) un nuevo concepto 831.08, denominado «Préstamos a largo plazo», dotado con 50 millones de euros, cuya finalidad es colaborar en la financiación de los estudios de máster universitario. Para el desarrollo de esta medida, el Ministerio de Educación y Ciencia pone en marcha un programa dirigido a apoyar financieramente a los graduados universitarios. Esta iniciativa, que ya se ha experimentado con éxito en algunos países de nuestro entorno con sistemas educativos de calidad, entrará en vigor de manera inmediata.

Se trata de un nuevo programa de préstamos ligados a la renta futura del beneficiario, cuyo propósito es que todos los graduados universitarios tengan la oportunidad de realizar estudios de posgrado y que ninguno quede excluido por razones económicas, contribuyendo así a mejorar el nivel de educación de los ciudadanos y a favorecer la igualdad de oportunidades.

Con la puesta en marcha de este nuevo programa se da el primer paso en el cumplimiento de uno de los compromisos del Gobierno de la Nación en materia de política educativa orientada al incremento y mejora de las condiciones de las becas, préstamos y ayudas al estudio. El préstamo renta es un novedoso sistema concebido de manera específica para ayudar económicamente a los jóvenes graduados universitarios que deseen cursar un máster universitario. Por tanto, la cuantía del préstamo debe ser suficiente para financiar los estudios y, además, puede utilizarse para afrontar otros gastos personales del graduado y se concede con un interés 0 para el beneficiario del préstamo.

En la presente Orden se establecen las líneas generales de actuación a las que deberán adecuarse los préstamos. Además, y de acuerdo con la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006, en su Disposición Adicional trigésimo cuarta, la implantación de este nuevo modelo de ayudas requiere, a su vez, crear los instrumentos necesarios para garantizar una gestión adecuada. A estos efectos, el Ministerio de Educación y Ciencia tiene previsto suscribir un Convenio de Colaboración con el Instituto de Crédito Oficial (ICO), en el que se establecen los mecanismos y las condiciones de cooperación de ambas instituciones.

En su virtud, previo informe del Servicio...

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