Decreto 131/2007, de 27 de diciembre, por el que se modifica el decreto 32/2005, de 29 de abril, por el que se crean y regulan las prestaciones para cuidadores de personas mayores dependientes

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Servicios Sociales
Rango de LeyDecreto

La Comunidad Autónoma de La Rioja tiene competencia exclusiva en "asistencia y servicios sociales" así como en la "promoción e integración de discapacitados y tercera edad " (artículo 8.uno.30 y 31 del Estatuto de Autonomía)

Por ello, el Gobierno de La Rioja ha tenido siempre como objetivo prioritario la atención de estas personas, como lo demuestra, por ejemplo, la intervención integral y transversal a través de los Planes integrales (2007-2010) de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, tanto en el ámbito de las personas mayores como en el de las personas con discapacidad.

Con todo, una de las iniciativas más avanzadas en este ámbito ha sido la regulación de prestaciones económicas para cuidadores de personas mayores dependientes, mediante el Decreto 32/2005, de 29 de abril.

La entrada en vigor de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, que contempla igualmente prestaciones económicas para cuidadores de personas dependientes, aconseja adaptar la actual regulación autonómica con un doble objetivo: de una parte regular el tránsito de los beneficiarios de las ayudas autonómicas a la nueva prestación y, de otra, ampliar el ámbito subjetivo de cobertura de aquélla, permitiendo que las personas cuidadoras de mayores con dependencia severa puedan continuar percibiendo una prestación económica, sin esperar a la entrada en vigor diferida de la Ley 39/2006.

Todo ello, en ejercicio de una competencia propia -de desarrollo reglamentario- de la Ley 1/2002, de Servicios Sociales.

Finalmente, es conveniente adecuar el régimen de acreditación de centros, servicios y entidades a lo establecido en los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia en tanto se desarrolle por la Consejería competente en materia de Dependencia y Autonomía Personal dicho régimen de acreditación

En su virtud, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Servicios Sociales, conforme el Consejo Consultivo de La Rioja y previa deliberación de sus miembros, en su reunión del día 27 de diciembre de 2007, acuerda aprobar el siguiente,

Decreto

Artículo 1

Los beneficiarios de las prestaciones reguladas en el Decreto 32/2005, de 29 de abril, por el que se crean y regulan las prestaciones para cuidadores de personas mayores dependientes, continuarán percibiendo las mismas en tanto se cumplan los requisitos exigidos en la norma. No obstante, la prestación se extinguirá en...

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