Prerrogativas de la administración (arts. 210 y 211 TRLCSP)

AutorMaría Burzaco Samper
Cargo del AutorUniversidad Pontificia Comillas, ICADE
Páginas156-156
156
PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
(arts. 210 y 211 TRLCSP)
Enumeración
Interpretación de los contratos y resolución de las dudas que ofrezca el cumplimiento de los contratos.
Modificación por razones de interés público.
Resolución de los contratos y efectos de la mism
a.
Procedimiento de ejercicio.
Requisitos procedimentales
Audiencia al contratista.
Informe del Servicio Jurídico correspondiente, sa
lvo en los casos de los arts. 99
(constitución, reposición y
reajuste de garantías)
y 213 (Resolución por demora y prórroga de los contratos) TRLCSP.
Informe del Consejo de Estado u órgano
consultivo autonómico
a)
Interpretación, nulidad y resolución cuando se formule
oposición por el contratista.
b)
Modificaciones contractuales cuando la cuantía de la
s
mismas, aislada o conjuntamente, sea superior al 1
0%
del precio primitivo del contrato y éste sea igual o
superior a 6.000.000 €.
Acuerdos adoptados por el órgano de
contratación
Fin de la vía administrativa
e inmediata ejecutividad.

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