Preparación del recurso de casación
| Autor | Alberto Palomar/Javier Vázquez Garranzo |
| Cargo del Autor | Profesor Titular de Derecho Administrativo (a) y Magistrado (ev)- Letrado de la Administración de la Seguridad Social. Abogado de la CAIB |
| Actualizado a | Abril 2026 |
Todas las referencias a Juzgados contenidas en este documento se entenderán sustituidas por Tribunales de Instancia. Conforme a la Disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia [Ver], la constitución de los Tribunales de Instancia se realizará de manera escalonada a lo largo del año 2025, y “Hasta la definitiva implantación de los Tribunales de Instancia en cada uno de los partidos judiciales seguirá vigente en ellos el régimen de organización de los Juzgados y los correspondientes anexos de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial, anteriores a la promulgación de la presente ley”.
- .................... (Identificación de la Sala y Sección destinataria del escrito).
- Recurrente: .................... (Nombre del recurrente o recurrentes ordenados alfabéticamente y el número del DNI, pasaporte, NIE (en el caso de extranjeros) o NIF (en el caso de personas Jurídicas). En el caso de tratarse de una Administración pública basta con la identificación de la misma).
- Procurador: .................... (Nombre, apellidos y número de colegiado).
- Letrado .................... (Nombre, apellidos y número de colegiado).
- Sentencia .................... (Identificación de la sentencia o resolución recurrida en casación, expresando el tribunal, sala y sección de procedencia, la fecha de la resolución y el número del procedimiento. Por ejemplo; sentencia de la Sección Segunda del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de 1 de enero de 2017 (procedimiento o recurso nº 25/2016).
D./Dña. ...................., Procurador/a de los Tribunales, en la representación que tengo acreditada de D./Dña. ...................., con DNI ...................., en el recurso contencioso-administrativo número .................... seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de .................... (o Audiencia Nacional o tribunal de instancia) a nuestra instancia (o a instancia de ....................), contra .................... (acto objeto del recurso: Resolución de fecha ....................; etc.) dictada por .................... (Administración Pública), comparezco y como mejor proceda en derecho, DIGO:
Que con fecha .................... me ha sido notificada la sentencia de fecha .................... dictada por ese Tribunal en recurso contencioso-administrativo mencionado en cuya parte dispositiva establece la estimación/desestimación (o inadmisión) del recurso contencioso-administrativo interpuesto por considerar la Resolución de .................... (Administración Pública) de fecha .................... contraria/conforme a derecho; sin expresa imposición de costas.
Que esta parte considera dicha sentencia contraria a derecho y es susceptible de recurso de casación, por lo que mediante el presente escrito, en el plazo de treinta días y ante el mismo Órgano Jurisdiccional que dictó la resolución recurrida, prepara el recurso de casación y a tal efecto realiza las siguientes
PRIMERA.- Legitimación.
Que esta parte, en su condición de recurrente, de conformidad con el artículo 89.1 LJCA, se halla legitimada para recurrir en casación por haber sido parte en el proceso en que se ha dictado la sentencia a impugnar.
SEGUNDA.- De la admisibilidad del recurso de casación.
Que la sentencia mencionada, es susceptible de ser recurrida en casación, de conformidad con el artículo 86 LJCA, por .................... (haberse dictado por una de las Salas cuyas sentencias son recurribles en esta vía, y no se halla incursa en ninguna de las excepciones establecidas legalmente en el artículo 86 de la Ley de la Jurisdicción; por existir interés casacional objetivo toda vez que ....................; etc.).
TERCERA.- Plazo de preparación.
El recurso, de conformidad con el artículo 89.1 LJCA, se prepara en el plazo de treinta días desde la notificación de la Sentencia, que se realizó con fecha ...
CUARTA.- Fundamentación del recurso.
El recurso de casación que ahora se prepara cumple con el resto de requisitos formales exigidos por la Ley Jurisdiccional y se fundamenta, como en el momento procesal oportuno se desarrollará adecuadamente, en el motivo .................... previsto en el artículo 89 de la Ley Jurisdiccional como se expone seguidamente: ....................
.................... (el artículo 89.2 LJCA exige que el escrito de preparación, en apartados separados que se encabezarán con un epígrafe expresivo de aquello de lo que tratan, proceda a:
- Identificar con precisión las normas o la jurisprudencia que se consideran infringidas, justificando que fueron alegadas en el proceso, o tomadas en consideración por la Sala de instancia, o que ésta hubiera debido observarlas aun sin ser alegadas.
- Acreditar, si la infracción imputada lo es de normas o de jurisprudencia relativas a los actos o garantías procesales que produjo indefensión, que se pidió la subsanación de la falta o transgresión en la instancia, de haber existido momento procesal oportuno para ello.
- Justificar que la o las infracciones imputadas han sido relevantes y determinantes de la decisión adoptada en la resolución que se pretende recurrir.
- Justificar, en el caso de que ésta hubiera sido dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo de un Tribunal Superior de Justicia, que la norma supuestamente infringida forma parte del Derecho estatal o del de la Unión Europea.
- Especialmente, fundamentar con singular referencia al caso, que concurren alguno o algunos de los supuestos que, con arreglo a los apartados2 y 3 del artículo anterior, permiten apreciar el interés casacional objetivo y la conveniencia de un pronunciamiento de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo).
QUINTA. Otros requisitos procesales.
Se cumplen los requisitos de los arts. 86.3; 89.2; etc. de la Ley Jurisdiccional, toda vez que la impugnación se funda en derecho estatal ...................
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con las previsiones de los artículos 89 y concordantes de la Ley ritual y dentro del plazo de treinta días establecido al efecto,
A LA SALA (en su caso, Tribunal de instancia) SUPLICO: Que tenga por presentado este escrito, y se acuerde tener por preparado el recurso de casación contra la sentencia referenciada, remitiendo los autos originales y el expediente administrativo a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes para su comparecencia ante dicho Tribunal en el plazo de quince días.
OTROSÍ DIGO que, de conformidad con lo dispuesto en los apartados 3.b) y 6 de la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ acompaño a este escrito resguardo de consignación en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre del Tribunal ……………….. del depósito exigido para interponer el recurso por importe de .................... euros.
A LA SALA DE NUEVO SUPLICO que tenga por constituido el depósito, dejando interesada desde este momento su devolución para el caso de estimación total o parcial del recurso.
Es justo en ...................., a ..... de .......... de ...... (Lugar y fecha).
....................
Firma y número de colegiado de Abogado y Procurador.
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Comentario
El recurso de casación se encuentra regulado en los artículos 86 a 94 de la LJCA El artículo 86.3 de la LJCA establece que la competencia para conocer el recurso de casación frente sentencias dictadas en única instancia por los Juzgados o tribunales de instancia de lo Contencioso-administrativo y las dictadas en única instancia o en apelación por la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional y por las Salas de lo Contencioso-administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia corresponde a la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo. Sin embargo cuando el recurso se fundare en infracción de normas emanadas de la Comunidad Autónoma será competente una Sección de la Sala de lo Contencioso-administrativo que tenga su sede en el Tribunal Superior de Justicia. El artículo 87.bis LJCA, en su apartado 3, señala que la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo podrá determinar, mediante acuerdo que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”, la extensión máxima y otras condiciones extrínsecas, incluidas las relativas a su presentación por medios telemáticos, de los escritos de interposición y de oposición de los recursos de casación. En el BOE del 6-7-2016 se publicó el Acuerdo de 19 de mayo de 2016, del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de 20 de abril de 2016, de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, sobre la extensión máxima y otras condiciones extrínsecas de los escritos procesales referidos al Recurso de Casación ante la Sala Tercera |
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