Orden ARM/405/2010, de 23 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los premios de excelencia a la innovación para mujeres rurales.

MarginalBOE-A-2010-3081
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Rango de LeyOrden

Los cambios estructurales del modo de vida agrícola acontecidos desde finales del siglo XX (desagrarización, pluriactividad, pérdida de la agricultura familiar, etc.), han condicionado la permanencia de las mujeres en el ámbito rural, desplazándolas en muchos casos desde la agricultura hacia otros sectores, y fundamentalmente promoviendo su éxodo hacia zonas urbanas, donde sus posibilidades laborales son mayores. Datos reveladores de esta situación son el hecho de que sólo un 15,5% de las mujeres rurales trabajan en el sector de la agricultura, y que la tasa de actividad de las mujeres disminuye con el aumento del grado de ruralidad.

Las mujeres en general, y más especialmente las que habitan en el medio rural, desempeñan trabajos más precarios y marginales que los de los hombres. A menudo se encuentran discriminadas salarialmente y además la mayoría de sus contratos son a tiempo parcial, ya que este tipo de contrato permite a las mujeres compatibilizar su trabajo remunerado con las tareas domésticas. En el caso de las mujeres rurales, este hecho es aún más importante, ya que frecuentemente debe compatibilizar su trabajo (remunerado) con el trabajo doméstico (no remunerado) y con la ayuda que prestan a sus parejas en el campo (a menudo tampoco remunerada).

A todo lo anterior hay que añadir una tasa de actividad es inferior en las mujeres a la de los hombres y una tasa de paro de las mujeres es superior a la de hombres. Ello unido al elevado índice de masculinidad del medio rural, superior al nacional, refleja la difícil situación de estas mujeres.

A pesar de la poca y difícil visibilidad con que se perciben sus actividades, su contribución al mantenimiento de la población en el territorio es esencial. El desarrollo sostenible del medio rural pasa, sin duda, por la creación de oportunidades y mejora de la situación laboral de las mujeres, pero también debe apoyarse en el fomento de sus oportunidades educativas, culturales, de ocio, de acceso a tecnologías, servicios e infraestructuras. Además debe fomentarse la participación e influencia femenina en la toma de decisiones.

Su papel tradicional que sigue vigente en gran parte de nuestro medio rural, relega a las mujeres a ser las principales cuidadoras de las familias, dificultando con ello su plena incorporación al mercado laboral en igualdad de condiciones de sus parejas. La puesta en marcha de estrategias familiares de reparto de responsabilidades entre los distintos miembros de la familia es, todavía, una asignatura pendiente junto al déficit de infraestructuras y servicios respecto a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Estas deficiencias, supone que todas las responsabilidades domésticas y familiares recaen, prácticamente, en exclusividad en la mujer, limitando e incluso impidiendo su incorporación al mercado laboral.

En definitiva, la potencialidad de la mujer como agente desarrollador del medio rural es importante, por lo que desde el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, se considera imprescindible incentivar la participación de las mujeres rurales en el mundo del trabajo mediante el fomento de proyectos innovadores realizados por y para ellas que permitan explorar nuevos yacimientos de empleo y que respondan a las necesidades de las mujeres en el medio rural, premiando aquellos que destaquen especialmente. La incorporación de las mujeres al mercado laboral implica una mayor independencia económica, además de la visibilización y el reconocimiento de las aportaciones de las mujeres a la sociedad en todos los ámbitos y, por tanto, supone avanzar en la igualdad efectiva.

En virtud de lo establecido en el artículo 9.1.d del Real Decreto 1130/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, corresponde a la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural el impulso de prácticas que promuevan la participación de la mujer en el desarrollo rural así como el fomento de la incorporación de las nuevas tecnologías en el medio rural.

En virtud del artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, con el fin de hacer efectivo el derecho constitucional de la igualdad, se adoptarán medidas específicas en favor de las mujeres para corregir situaciones patentes de desigualdad de hecho respecto de los hombres.

En este contexto se entiende idóneo el establecimiento de premios de excelencia en la innovación destinados a mujeres...

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