DECRETO 368/2001, de 26 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 25/2001, de 13 de febrero, por el que se establece el régimen específico de asignación de perfiles lingüísticos y preceptividades en los puestos de trabajo de los servicios de Investigación y Apoyo a la Docencia: IVEI, BERRITZEGUNE, y CEIDA.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorEducacion, Universidades e Investigacion; Cultura
Rango de LeyDecreto

DECRETO 368/2001, de 26 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 25/2001, de 13 de febrero, por el que se establece el régimen específico de asignación de perfiles lingüísticos y preceptividades en los puestos de trabajo de los servicios de Investigación y Apoyo a la Docencia: IVEI, BERRITZEGUNE, y CEIDA.

El Decreto 47/1993 de 9 de marzo, por el que se establecen criterios para la determinación de los perfiles lingüísticos y las fechas de preceptividad en los puestos de trabajo docentes, vino a desarrollar las previsiones contenidas en el Título V de la Ley 2/1993 de 19 de febrero, de Cuerpos Docentes de la Enseñanza no Universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El ámbito de aplicación del referido Decreto no abarcaba sin embargo, los puestos de trabajo docentes de Enseñanzas de Régimen Especial y Educación de Adultos, ni los puestos de trabajo de la Inspección Educativa y de los Servicios de Investigación y Apoyo a la Docencia.

El citado Decreto venía a llenar el vacío normativo existente en lo relativo a los puestos de trabajo del Instituto Vasco de Evaluación e Investigación (IVEI), de los Centros de Apoyo a la Formación y a la Innovación Educativa (BERRITZEGUNE), y de los Centros de Educación e Investigación Didáctico-Ambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco (CEIDA).

Dado que se ha ampliado el número de servicios de Investigación y Apoyo a la Docencia, como la Agencia Vasca para la Evaluación de la Competencia y la Calidad de la formación Profesional, y el Instituto Vasco de Cualificaciones y Formación Profesional, resulta procedente la modificación del Decreto citado, con el fin de adaptarlo a los nuevos servicios creados y a los que en un futuro puedan implementarse.

En su virtud, a propuesta de las Consejeras de Educación, Universidades e Investigación y de Cultura, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 26 de diciembre de 2001,

DISPONGO:

Artículo 1

¿ El artículo 1 queda redactado como sigue: El presente Decreto es de aplicación a los puestos de trabajo del Instituto Vasco de Evaluación e Investigación (IVEI), de los Centros de Apoyo a la Formación y a la Innovación Educativa (BERRITZEGUNE), y de los Centros de Educación e Investigación Didáctico-Ambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco (CEIDA), de la Agencia Vasca para la Evaluación de la...

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