Las prácticas externas en el prácticum del grado de Derecho

AutorManuel Richard González
Cargo del AutorProfesor Titular de Derecho Procesal de la Universidad Pública de Navarra
Páginas191-202

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1. Introducción La necesidad del prácticum externo en el grado de derecho

El prácticum es una materia que considero relevante para la correcta formación del estudiante de derecho que, sin embargo, no ha sido implantada en todas las. Universidades españolas este no es el caso de la Universidad Pública de navarra en la que desde hace 10 años se imparte un prácticum externo (complementado con practicas internas) en el que los alumnos son destinados por un sistema rotatorio a servicios de la administración general (Gobierno autónomico, hacienda foral, ayuntamientos), la administración de Justicia (todos los órdenes jurisdiccionales), abogados, notarios y registradores de la propiedad. La singularidad del sistema se fundamenta en la colaboración directa de los partícipes (jefes de servicio, jueces, abogados u otros), que reciben a los alumnos y desarrollan una actividad remunerada y reconocida por la Universidad en contraprestación los tutores supervisan y califican las tareas de los alumnos en cada una de las dependencias el modelo de prácticum se complementa con la impartición de otras actividades, que denominamos de prácticum interno, en las instalaciones de la Universidad entre estas actividades se hallan la impartición de charlas profesionales, un seminario de oratoria y el visionado de

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películas de temática jurídica, documentales o grabaciones de actuaciones procesales. También se imparten clases prácticas en los que se incide, sobre todo, en la resolución de problemas y la redacción de escritos procesales.

El sistema expuesto sigue estando vigente, aunque en vía de extinción, en la Universidad Pública de navarra (en adelante UPna) este modelo será sustituido por el nuevo sistema de prácticum que se integra dentro de las enseñanzas del grado de derecho el nuevo sistema se fundamenta en las prácticas externas que el estudiante de grado deberá realizar, según el caso, en Tribunales, departamentos y oficinas públicas, notarías, registros y despachos de abogados.

La primera cuestión que se plantea, respecto a la organización de un practicum externo en el grado de derecho, es la de su oportunidad teniendo en cuenta dos consideraciones en primer lugar, que en el Grado de derecho ya está prevista la realización de prácticas en el desarrollo de cada asignatura en la UPna, por ejemplo, el plan de estudios prevé la impartición, junto a las clases expositivas, de clases participativas y prácticas en las que se pretende atender a la resolución de ejercicios y problemas en segundo lugar, que en la fase de Master, prevista en la ordenación de los estudios universitarios de derecho, las prácticas externas tienen una importancia esencial especialmente en el ámbito del Master para el acceso a la abogacía en el que está previsto que las prácticas externas, en actividades propias del ejercicio de la abogacía o en actividades propias de la procura, deberán constituir la mitad del contenido formativo del master (art. 6 Ley 34/2006).

Los argumentos expuestos no suponen, sin embargo, un obstáculo o razón suficiente que impida la implantación en el Grado de derecho de un prácticum que incluya actividades tanto en las aulas universitarias como en distintos destinos externos.

Esta aseveración se fundamenta en la necesidad de formar globalmente al alumno en la práctica del derecho objetivo que no pueden cumplir las prácticas realizadas en cada asignatura como decía, sobre esta cuestión, carreras las clases prácticas realizadas en las distintas asignaturas no dejan de ser un sucedáneo de la verdadera formación práctica que el jurista debe adquirir como parte de su formación en derecho1 efectivamente, a mi.

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entender la asignatura de prácticum incluye algo más que la exposición y/o resolución de casos o problemas jurídicos se trata de una asignatura en la que no se pretende reforzar o contrastar la explicación teórica, sino ofrecer una visión de conjunto de los problemas a los que atiende el derecho en toda su complejidad a ese fin resulta necesario estructurar el prácticum como una asignatura con su programa, sus fines y sus especiales métodos de valoración de la actividad desarrollada asignatura que debe incluir, necesariamente, unas prácticas externas que permitan estudiar el derecho como ciencia aplicada.

Por otra parte, la previsión de un master de acceso a la profesión y la realización en aquél de prácticas externas tampoco es óbice para la realización de un prácticum externo en el Grado de derecho sobre este particular debe tenerse presente la especial configuración de nuestro sistema de estudios de derecho en los que el Grado no supone una simple aproximación a la ciencia jurídica, sino que es la fase en la que se adquieren los conocimientos básicos que debe poseer el jurista. Mientras que el Master de acceso a la profesión tanto por su estructura como por lo limitado del tiempo de realización se limita a la formalización especializada en las materias de especial importancia para el ejercicio de la abogacía como el derecho procesal. Pero, la formación específica del Master no debe impedir la necesaria formación integral de los alumnos del grado de derecho que cuando acaban los estudios deben estar capacitados para afrontar cualquier especialidad jurídica desde el conocimiento máximo posible del sistema jurídico.

El practicum del grado de derecho debe incluir, tal y como se ha expuesto, actividades internas y externas. Las prácticas internas no dejan de ser un necesario complemento del sistema de prácticas externas que considero esenciales por ser el fundamento de la asignatura. Las prácticas externas permiten obtener una serie de beneficios que han sido puestos de manifiesto por los estudiosos de los estudios prácticos, como son: favorecer el conocimiento interno de las instituciones que los acogen, promueve contactos con el mundo laboral y promociona el conocimiento del ámbito universitario entre las instituciones públicas y privadas" 2 entre estos beneficios y objetivos se pueden destacar los siguientes:.

· completar la formación teórica adquirida por los estudiantes en el centro educativo mediante el conocimiento práctico de actividades profesionales sobre los procesos ya descritos en el aula.

· conocer una organización en la que los alumnos realizan actividades formativas propias de su perfil profesional

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· conocer "in situ" las semejanzas y diferencias de los procesos y procedimientos de los diferentes órganos judiciales, así como la jerarquización y responsabilidad de cada uno de sus miembros.

· conocer realmente los diferentes puestos de trabajo, las actitudes y aptitudes necesarias para cada uno de ellos, favoreciendo su orientación laboral.

· observar y analizar los recursos personales (gestuales, de oralidad, comportamiento, etc) de cada uno de los elementos que intervienen en el proceso jurídico.

· evaluar, con participación de los tutores de los centros colaboradores, la actitud de los alumnos en circunstancias educativas extra-universitarias.

· Favorecer la colaboración mutua entre la Universidad y los centros de trabajo, para una mejor adecuación de las enseñanzas y la realidad.

2. El espacio europeo de educación superior y su incidencia en el modelo de prácticum

La importancia de un buen sistema de prácticas en el nuevo contexto educativo universitario está fuera de toda duda. Ya en la declaración de Glasgow de 2005 se establecía de forma expresa que «las universidades se comprometen a duplicar sus esfuerzos para introducir métodos de enseñanza innovadores, reorientar los currículos mediante un diálogo con los empresarios y asumir el reto de la educación académica y profesional . ». Y tal voluntad se ha manifestado en declaraciones posteriores situadas en...

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