RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2006, de la Dirección General de Tráfico, por la que se aprueban las aplicaciones de los Registros en soporte informático de la Dirección General de Tráfico utilizados para el ejercicio de potestades administrativas y se regula la conservación permanente de los datos de los Registros de Vehículos y de Conductores e Infractores con fines históricos, científicos y estadísticos.

MarginalBOE-A-2006-8640
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyResolución

Resolución de 27 de marzo de 2006, de la Dirección General de Tráfico, por la que se aprueban las aplicaciones de los Registros en soporte informático de la Dirección General de Tráfico utilizados para el ejercicio de potestades administrativas y se regula la conservación permanente de los datos de los Registros de VehÃculos y de Conductores e Infractores con fines históricos, cientÃficos y estadÃsticos.

La Constitución Española regula, en diversos preceptos, la limitación del uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad, la conservación del patrimonio histórico y el acceso ciudadano a los archivos y registros administrativos.

La Ley 16/1985, de 25 de Junio, del Patrimonio Histórico Español incluye dentro del patrimonio documental los documentos de los organismos o entidades de carácter público, independientemente de su soporte material. Ello implica la obligación de conservarlos adecuadamente y el establecimiento de limitaciones y requisitos para su exclusión o eliminación. Para su autorización se crea una Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos, y se prevé la constitución de comisiones calificadoras departamentales.

La composición, funcionamiento y competencias de la Comisión Superior Calificadora está regulada en la Disposición adicional primera del Real decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, que establece el procedimiento para la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original. El Ministerio del Interior creó su comisión Calificadora de Documentos Administrativos departamental por Orden de 21 de diciembre de 2000.

Además, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen JurÃdico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común impulsa el empleo y aplicación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos, para el desarrollo de la actividad de las Administraciones Públicas y el ejercicio de sus competencias, al tiempo que establece un requisito formal de aprobación y publicidad de los programas y aplicaciones electrónicos, informáticos y telemáticos por ellas utilizados para el ejercicio de sus potestades administrativas. El artÃculo 45.5 admite la plena validez y eficacia de los documentos emitidos por medios informáticos o telemáticos, con la condición de que quede garantizada su autenticidad, integridad y conservación, entre otros requisitos.

Estos preceptos de la Ley 30/1992 han sido desarrollados por el Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado, modificado parcialmente por Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, por el que se regulan los registros y las notificaciones telemáticas, asà como la utilización de medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos. Este Real Decreto prevé la utilización de soportes, medios y aplicaciones electrónicas, informáticas y telemáticas en la...

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