Postulados sustantivos básicos de la teoría general del delito o del autocontrol

AutorAlfonso Serrano Maíllo
Cargo del AutorDoctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid
Páginas104-121

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4.1. El autocontrol como causa y explicación de la delincuencia

De acuerdo con la teoría general del delito, el autocontrol es la causa principal de la delincuencia a nivel individual1. El autocontrol tiene el carácter de un rasgo latente2, esto es una característica de los individuos que no puede observarse directamente, aunque sí a través de sus manifestaciones. Se asume que este rasgo es unidimensional. Esta idea del autocontrol encaja perfectamente con todas las características de los delitos y de los delincuentes que hemos descrito más arriba. También es consistente, como vimos, con alguna concepción de la naturaleza humana3 y de los actos intencionales en general4. El autocontrol es una variable que puede ir desde niveles muy bajos a niveles muy altos. Los individuos con autocontrol alto tienden a considerar las consecuencias futuras a largo plazo, probables y posibles, y en sentido amplio, de sus actos. El delito tiende a producirse en sujetos con un autocontrol bajo.

Mediante este procedimiento, Gottfredson y Hirschi no sólo señalan la causa a su juicio más importante de la criminalidad y del delito a nivel individual, sino que asimismo ofrecen un mecanismo explicativo. En efecto, una teoría consiste, entre otras cosas, en una oferta de explicaciones en términos causa-

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les. Una forma que pueden tomar las explicaciones es la de los mecanismos5.

El término autocontrol aparece en la literatura con significados diferentes entre sí6. En una revisión igualmente aparecen conceptos bastante próximos en su definición a autocontrol; Jones y Lynam mencionan impulsividad, control esforzado, autorrestricción y autorregulación7. Y también ha sido relacionado con otros elementos de origen psicológico8, cuyo ejemplo paradigmático quizá sea la psicopatía9. En páginas precedentes se ha hecho referencia a conceptos y definiciones distintas que aparecen en nuestro ámbito de la teoría criminológica. Fuera de la misma también figura a menudo este término para referirse a cosas tan heterogéneas como, verbigracia, la capacidad de evitar determinados abusos alimenticios, etc., la capacidad para ajustar el comportamiento propio a los mejores juicios decisivos o para tomar en consideración normas éticas y morales para conducirse por la vida. Por todo ello es fundamental estar atentos a la definición que ofrecen nuestros autores.

También aquí se puede observar la unión que se intenta en la teoría general del delito entre la tradición positivista y la clásica. Lo que el infractor espera obtener mediante el delito son beneficios inmediatos. En ocasiones, en efecto, el delito es una forma relativamente rápida de lograr un objetivo a corto plazo -aunque, como mencionamos, incluso a corto plazo, recurrir al engaño o la fuerza suele concluir con muy escasos beneficios para el infractor en la práctica. A largo plazo, sin embargo, el delito suele demostrarse una mala opción. A mayor abundamiento, el mismo hecho de delinquir ¡suele ser atractivo en sí mismo! Incluso aunque no se obtenga ningún beneficio material o no se alcance el objetivo deseado. En palabras de nuestros teóricos principales, «los actos son divertidos, mere-cen la pena, gozosos, fáciles y excitantes, o son dolorosos, aburridos y difíciles [...] Nótese que en la imagen clásica los delitos son primero de todo gozosos»10. Este planteamiento conecta

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bien con el carácter aproblemático de la desviación en las teorías del control social.

La línea de investigación de las seducciones del delito recoge muchos supuestos en este sentido. Por ejemplo, Katz incluye algunos pequeños actos ilícitos que resultan muy emocionantes para sus protagonistas, los cuales extraen sensaciones excitantes del mero hecho de lo que están haciendo o acaban de hacer, independientemente de que hayan conseguido algo material o no, o de que reciban la aprobación de sus amigos o no. Por mencionar un único pasaje, una niña entraba en casas ajenas a través de puertas o ventanas abiertas por el mero placer de hacerlo. No se llevaba nada, sino que se limitaba, a lo mejor, a cambiar alguna cosa de sitio. Al recordarlo evocaba sensaciones muy emocionantes11. Gottfredson y Hirschi, por su parte, mencionan el homicidio como el tipo delictivo más fácil de explicar puesto que su naturaleza es la de la gratificación inmediata e inmensa, el beneficio inminente aunque sea a costa de muy serios perjuicios futuros para el agresor12.

Dicho en términos clásicos: el delito, a corto plazo, produce placer y/o evita el dolor. Naturalmente, aquí se puede identificar sin gran esfuerzo una de las ideas nucleares de la tradición clásica. Esto es igualmente importante porque implica que el delito siempre es atractivo para todo el mundo. Lo es, natural-mente, por su relación con el placer y el dolor13. Los beneficios del delito son, así las cosas, aproximadamente iguales para todo el mundo, las satisfacciones que produce son universales y conocidas por todos, de modo que el delito no es fruto de motivos, preferencias o deseos especiales.

Ello quiere decir que el elemento motivación es ajeno a esta teoría14. El delito encuentra su motivación al menos en él mismo y, desde este punto de vista, no existen diferencias dramáticas entre los individuos. El motivo por el que no se delinque, pues, se encuentra en los frenos o controles a los que

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se está expuesto, y no a motivaciones diferenciales. En otras palabras más precisas en la línea de la teoría causal de la acción, el delito no encuentra su explicación nuclear ni en la presencia de deseos especiales ni tampoco en términos de motivación. Ella debe buscarse más bien en elementos cognitivos como las creencias. Profundizar aquí en esta difícil cuestión sobrepasa con mucho la vocación de este test15.

No está de más recordar que se reclama una conexión del autocontrol con la elección racional16; así como que la teoría no defiende una forma de determinismo que exija delinquir al sujeto bajo en autocontrol, sino que, aparte de operar en términos probabilísticos, se concede un rol fundamental a la agencia o capacidad del individuo para realizar acciones intencionales voluntarias sin encontrarse completamente constreñido por fuerzas ajenas a su voluntad17. Así, de modo expreso, Gottfredson y Hirschi: «diríamos sólo que los sujetos en cuestión es más probable que cometan actos criminales [...] No hacemos de la comisión de delitos parte de la definición de un individuo con un autocontrol bajo»18.

El delito tiende a acarrear serios perjuicios para el infractor, como mínimo a largo plazo19. Es probable que la comisión de alguna infracción aislada no se traduzca en algún tipo de inconveniente, pero la idea de que hay delincuentes comunes de carrera que han tenido éxito a lo largo de su vida carece absolutamente de apoyo empírico. En palabras de Sampson y Laub, una carrera delictiva lleva aparejada una acumulación de desventajas20. Los costes -de entre los cuales aquellos a largo plazo son menos influyentes que los más inmediatos-, en la tradición clásica, son elementos que se toman

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en cuenta por individuos racionales a la hora de tomar cursos de acción. Aunque sea de modo muy precario y desde luego inconsciente, a esta tradición subyace la idea de un balance de costes y beneficios. Así las cosas, puesto que el motivo por el que no se delinque para las teorías del control es la existencia de una serie de controles; y estos controles tienen por lo general la naturaleza de costes21 -por ejemplo algo valioso que puede perderse o puede dejar de alcanzarse si se delinque, alguna sanción por lo general social e informal derivada del acto ilícito...-, la teoría general evoca que se delinque porque no se advierten y toman en consideraciones estos costes a largo plazo derivados de la comisión de delitos.

Gottfredson y Hirschi siguen a Bentham cuando señalan varios tipos de controles: los naturales, los sociales o morales, los legales o políticos y, finalmente, los religiosos o supranaturales22.

  1. Los controles o sanciones naturales23 son quizá los más importantes puesto que son inmediatos y siguen de modo auto-mático a la conducta de que se trate. Nótese que no tienen un carácter social sino que proceden de la propia naturaleza. Por ejemplo y al menos en parte, tendemos a abstenernos de robar algo a alguna persona por la propia resistencia física que muy probablemente desplegarían contra nosotros la víctima y quizá otros observadores; tendemos a abstenernos de emborracharnos por la resaca que seguirá; tendemos a abstenernos de conducir en estado de honda embriaguez por la probabilidad de sufrir un accidente. En éstos y otros muchos casos, entonces, los actos llevan aparejadas sus propias consecuencias, cuya naturaleza es la de un coste que muchas veces es seguro.

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    No en todos los casos está claro, sin embargo, cuáles son las consecuencias naturalmente unidas a un hecho. La Sociología del riesgo ha estudiado con profundidad los procesos de definición del riesgo24, una literatura que al menos de modo marginal puede ser aquí relevante. En ocasiones, pues, que una comunidad y sus miembros se den cuenta de estas consecuencias dañosas que tienen una serie de conductas requiere algo de tiempo -e incluso de publicidad.

    Hirschi pone aquí los ejemplos de la conducción bajo los efectos del alcohol y las relaciones sexuales sin protección25. El hecho de que las espantosas consecuencias potenciales hayan llegado a sernos tan familiares ha debido impactar en la conciencia colectiva e introducir cambios significativos en las conductas individuales. Otro ejemplo en el que puede pensarse aquí con sencillez es el relativo al consumo de heroína. Es bien sabido que el número de nuevos consumidores y adictos...

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