Política criminal universal

AutorLeyre Sáenz de Pipaón del Rosal
Cargo del AutorDoctora y Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y Licenciada en Criminología por la Universidad Camilo José Cela de Madrid
Páginas39-46
2. POLÍTICA CRIMINAL UNIVERSAL
Muchas son las formas de entender el alcance y significación de la palabra
política. Puede entenderse, en efecto, como red de combinaciones para alcanzar
el poder, es decir, proceso social para obtener y distribuirse la fuerza de forma
que su titular o titulares puedan adoptar decisiones que tengan vigor en un ám-
bito determinado; o como la estrategia o línea de actuación que se sigue por una
persona o grupo de personas con respecto a algún objetivo, a saber, una filosofía
o una técnica aplicadas a una orientación de conducta con vistas a alcanzar deter-
minadas metas; o como resultado de una meditación que conduce a cualquiera
de los miembros del grupo a intervenir, de acuerdo con algún criterio, en los me-
canismos de toma de las decisiones que les afecten.
Pero, por otro lado, la política, antes de llegar a ese punto, se puede entender
como estudio de los hechos políticos y ello conduce a hablar de ciencia política
o de filosofía política, definiendo los fines a alcanzar y evaluando los mismos en
función de ideas, actitudes o propósitos, deviniendo todo ello como aceptable o
inaceptable desde el punto de vista de la ética.
Nosotros, como decimos, nos apoyamos en un concepto de política al que
llegamos desde la filosofía o desde la ciencia política, ya que nos estamos refirien-
do a conclusiones que nos vienen suministradas por estas en cuanto sus objetivos
–prevención y represión de la criminalidad–, y en cuanto sus medios –instalados
siempre dentro del ordenamiento jurídico–.
Este planteamiento, nos obliga a buscar con referencia a nuestra especiali-
dad –delito, delincuente, pena– una vía para captar de la forma más completa
posible los mecanismos que están operativos detrás de cada situación. Así pues,
será imprescindible introducir criterios para abordar la cuestión en un campo tan
amplio como es el de decidir qué es el delito.
Estudio, pues, del delito acomodado a los límites que marcan el enunciado
elegido en este capítulo: política criminal universal.
Desde este punto de vista, es obvio que habremos de preguntarnos acerca de
qué es el delito, de manera que podamos abordar su problemática –prevención y
represión– sabiendo de qué se trata y conociendo los detalles de la realidad que
suponen.
Las dificultades, en este punto, han sido y siguen siendo muy graves. Tan gra-
ves que, seguramente, un acuerdo unánime al respecto exigiría la definición de
un nuevo orden internacional.

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