Política ambiental de la Unión Europea

AutorDionisio Fernández de Gatta Sánchez
Páginas55-81
III. Política ambiental de la Unión Europea
III
Política ambiental de la Unión Europea
D
IONISIO
F
ERNÁNDEZ DE
G
ATTA
S
ÁNCHEZ
Sumario
Página
1. El medio ambiente y el desarrollo sostenible en el tratado de Lisboa, de
13 de diciembre de 2007: los nuevos Tratados de la Unión Europea y de
funcionamiento de la Unión Europea ...................................................... 55
2. Cumplimiento de la estrategia de desarrollo sostenible y revisión del
sexto programa ambiental ......................................................................... 61
3. Cambio climático ....................................................................................... 65
4. Financiación de la política ambiental: el instrumento LIFE .................... 67
5. Naturaleza .................................................................................................. 67
6. Productos y etiquetado ecológicos ............................................................ 68
7. Acceso a la información ambiental, participación y acceso a la justicia .. 70
8. Aguas .......................................................................................................... 71
9. Protección civil y catástrofes ...................................................................... 73
10. Control integrado de la contaminación y emisiones industriales ............ 75
11. Otros documentos ..................................................................................... 76
12. Valoración general: un año dedicado casi exclusivamente al Tratado de
Lisboa y al cambio climático, en sus aspectos energéticos ....................... 79
13. Bibliografía y documentación básicas ....................................................... 80
***
1. EL MEDIO AMBIENTE Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE EN EL TRATADO
DE LISBOA DE 13 DE DICIEMBRE DE 2007: LOS NUEVOS TRATADOS DE
LA UNIÓN EUROPEA Y DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA
Siendo conscientes los Estados miembros de las dificultades para resolver los
problemas planteados por el Tratado Constitucional, bajo el impulso de Alemania,
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DIONISIO FERNÁNDEZ DE GATTA SÁNCHEZ
que ostentaba la Presidencia de la Unión en el primer semestre de 2007, después
de las negociaciones políticas correspondientes, y sobre la base de la denominada
«Declaración de Berlín», adoptada el 25 de marzo de 2007 con ocasión del 50º
Aniversario de la firma de los Tratados de Roma (que sorprendentemente hace
referencia a la política energética y a la protección del clima, pero no al desarrollo
sostenible ni a la protección del medio ambiente, en la parte referida a los grandes
desafíos de la Unión de cara al futuro), el Consejo Europeo de Bruselas, de 21 y
22 de junio de 2007, bajo Presidencia alemana, adoptóla decisión de convocar la
Conferencia Intergubernamental (CIG) con la finalidad de elaborar un Tratado
de Reforma, que modificara los vigentes, «abandonando el concepto constitucio-
nal»del texto anterior, y redactarse los renovados Tratado de la Unión Europea y
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, antes del final de 2007, permi-
tiendo su ratificación antes de las elecciones europeas de 2009; para lo cual las
Conclusiones de la Presidencia (doc. 11177/1/07, Rev. 1, Bruselas, 20 de julio de
2007) incluyen un mandato, muy detallado y claro, a dicha Conferencia (Anexo
I), que ya incide en la necesidad de enfatizar la lucha contra el cambio climático
en las disposiciones relativas a la Política Ambiental (apdo. 19-p).
Después de cumplirse los requisitos formales establecidos en los Tratados vi-
gentes para su reforma [Comunicación de la Comisión«La reforma de Europa
para el siglo XXI», COM (2007) 412 final, Bruselas, 10.7.2007; Dictamen del Con-
sejo de 11 de julio de 2007 (doc. 11597/07); Dictamen del Parlamento Europeo
sobre la CIG de 11 de julio de 2007 (doc. 11626/07); Dictamen del Banco Central
Europeo de 5 de julio de 2007 (DOUE C 160, 13.7.2007), asícomo, previamente,
Dictamen del Comitéde las Regiones de 6 de junio de 2007 (DOUE C 197,
24.8.2007)], la Conferencia Intergubernamental fue convocada oficialmente por el
Consejo el 19 de julio (doc. 12004/07), previéndose el día 23 de julio como fecha
de inicio de la misma.
Trabajando de forma muy acelerada y digna de elogios, la Presidencia Portu-
guesa, con fechas de 23 y 24 de julio de 2007, ya hizo públicos los textos completos
del «Proyecto de Tratado por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y
el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea», la primera ya con personalidad
jurídica propia, con su Preámbulo y sus Protocolos y Declaraciones (Conferencia
de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, docs. CIG 1 a4/
07, Bruselas 23 y 24 de julio de 2007). Posteriormente, la Conferencia llegóaun
acuerdo sobre tales textos con fecha de 5 de octubre de 2007 (CIG 1 a 4/1/07,
Rev. 1, Bruselas); dándole el visto bueno a los mismos el Consejo Europeo (reunido
como CIG) celebrado en Lisboa los días 18 y 19 de octubre de 2007. Posterior-
mente, se aprobóun nuevo texto del Tratado con fecha de 3 de diciembre de 2007
(doc. CIG 14 y 15/07, Bruselas, 3.12.2007), con vistas a la solemne firma del «Tra-
tado de Lisboa por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y el Tra-
tado constitutivo de la Comunidad Europea», que se llevóa cabo en la capital
portuguesa el 13 de diciembre de 2007, y cuyo texto se ha publicado en el Diario
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