Derecho y políticas ambientales en Extremadura

AutorPedro Brufao Curiel
CargoCatedrático de Escuela Universitaria interino de Derecho Administrativo Universidad de Extremadura
Páginas1-3

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Las novedades normativas en la región extremeña han sido escasas esta primavera y verano; quizás ello se deba a que la crisis también ha tenido sus efectos en el intervencionismo y la legislación motorizada. Solo merece destacarse el Decreto 114/2013, de 2 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a cotos de caza que realicen actuaciones de mantenimiento, conservación y mejora de los recursos cinegéticos, y por el que se realiza la convocatoria para el año 2013.

Esta medida clásica de fomento, sometida a la legislación general de subvenciones tanto nacional como extremeña, tiene su origen en el Reglamento (CE) 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), el cual se ha desarrollado por el Reglamento (CE) 1974/2006, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del FEADER, cuyas medidas de fomento se aplican en virtud del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura para el período 2007-2013, aprobado por la Decisión de la Comisión C (2008) 3836, de 16 de julio de 2008. La medida de aplicación es la
3.2.3, de conservación y mejora del patrimonio rural dentro de su eje 3, entre los cuales se hallan el mantenimiento, la restauración, la mejora y el desarrollo del patrimonio natural (recursos naturales: forestales, cinegéticos y piscícolas) en las zonas rurales y, de forma específica, en materia cinegética, los de “mejora sostenible de los espacios y recursos cinegéticos públicos y privados, como medida de diversificación de la economía rural y mantenimiento de esos recursos”, “planificación cinegética integrada a nivel comarcal y regional” y “conservación y mejora de las poblaciones de especies cinegéticas extremeñas y de conservación de la cubierta vegetal y defensa de especies de flora y de fauna protegida y no cinegética en espacios cinegéticos”. Esto último no es de extrañar, dada la amplísima superficie tanto forestal como agraria dedicada a su vez a actividades cinegéticas.

Con un carácter más específico, la normativa del programa de desarrollo rural fomenta los clubes locales...

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