Poéticas visuales de la periferia: extranjerías y migraciones

AutorVíctor Silva Echeto
Cargo del AutorInvestigador Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica de Chile (CONICYT-Chile)
Páginas133-145

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A Luana que desde sus extranjerías traza su geografía. «Difícil saber a dónde volver porque a ningún lugar se pertenece»

Andrea Giunta

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Las relaciones entre comunicación y migraciones producen un hiato, abierto por los estados de excepción y la paralegalidad, que implica el incesante traslado de poblaciones por el mundo. Considerando que la excepción se ha convertido en la regla y la paralegalidad en la fuerza de ley que administra y gestiona la legalidad, las políticas paralegales se transforman en la clave intersticial ubicándose entre lo legal y lo ilegal.

Si bien es cierto que las migraciones, a nivel mundial, cuantitativamente no se han incrementado en las últimas décadas, en cambio, cualitativamente se producen transformaciones culturales que permiten referirse a mutaciones económico-culturales. Estas se observan, entre otras esferas, en las prácticas religiosas, políticas, económicas, sociales, culturales, artísticas y comunicacionales. Por ello, las investigaciones sobre los fenómenos migratorios requieren de «cajas de herramientas» (Foucault, 1996) transversales, abiertas, plurales e interculturales, que involucren a los estudios culturales, pero también a las teorías socio-culturales y de economía de las culturas. Es decir, teorías y metodologías en estados de excepción y paralegales. O, en otros términos, prácticas de análisis locales y micropolíticas (Foucault, 2000; Deleuze y Guattari, 2000).

Musulmanes e islámicos/as en España o Francia; peruanos/as y bolivia-nos/as en Chile o Argentina; turistas españoles en Bolivia; capitales españoles o franceses en Perú; remesas de migrantes ecuatorianos/as que se envían des-

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de España a Ecuador. Es decir, el movimiento de personas y capitales crece cualitativamente en forma discontinua produciendo rupturas en las estructuras rígidas que diseña (y diseñaba) la geopolítica y la geoeconomía.

Las ciencias sociales, frente a estas transformaciones en el flujo de personas y capitales, tampoco encuentran respuestas adecuadas y, en muchos momentos, se contentan con implementar viejas recetas funcionalistas para intentar explicarse esos discontinuos flujos nomádicos. Así las cosas, las crisis disciplinarias en las epistemes1y gnoseologías de las ciencias sociales son, no obstante, oportunidades que desde la crítica permitirían a los/las investigadores/as formularse otras preguntas sobre los diseños que se crean en los paisajes mediáticos, financieros, económicos y socio-culturales2(Appadurai, 2001).

I

Walter Benjamin fue quien en discusión y diálogo con Carl Schmitt, reelaboró la idea de los estados de excepción. El primero, plantea que esos estados son liberadores, es decir, son como imágenes relámpagos, como fulguraciones que subvierten a los estados de supuesta normalidad. Estos son estados conservadores que generan prácticas que no producen cambios, sino que se conservan en su propia funcionalidad. Crear estados de excepción y transformarlos en reglas, expone el crítico judío-alemán en la tesis 9 sobre el concepto de historia. En esa tesis, indica que la tradición de los oprimidos enseña que el estado de excepción es la verdadera regla general. La tarea, por tanto, es originar un verdadero estado de excepción. De esa forma, la posición será más fuerte contra el fascismo.

Estas tesis fueron escritas entre 1939 y 1940, pero, casi dos décadas antes, Schmitt -el teórico del fascismo- se había adelantado a Benjamin escribiendo sobre los estados de excepción.

En este caso, en cambio, se los plantea como regularidades del derecho en épocas de turbulencias como dictaduras o estados de sitio. En los textos La dictadura (1921) o Teología política (1922), se presentan en relación con la dictadura pero, también, casos de guerra civil, insurrección y resistencia. El estado de excepción se opone al estado de normalidad. Así las cosas, en Schmitt hay una contigüidad entre estado de excepción y soberanía.

Inicialmente, el jurista alemán se refiere a los estados de sitio, los que, posteriormente, se asumirán desde el sintagma estado de excepción. A partir de ahí, dos tradiciones seguirán sus caminos paralelos: los estados de sitio

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(francesa que tendrá su continuidad en Sudamérica) y los estados de excepción (alemana). Hoy, ambas tradiciones se integran en los significantes: estados de excepción. Cuando estos implican un quiebre político propiciado por los militares se hablará de estados de sitio; en cambio, cuando es una fractura en la normalidad producida por otro fenómeno (como inundaciones, terremotos), se hará referencia a los estados de excepción. No obstante, hay países en Sudamé-rica, como es el caso de Chile, en donde el Estado-nación sigue decretando estados de sitio en el caso de terremotos, tal como ocurrió en el año 2010.

Es decir, estados de excepción como liberación, como aporía en la separación entre justicia y derecho en Benjamin,3o, estados de excepción como normalización legal de un estado ilegal, en Schmitt.

Hoy, en el caso de las relaciones entre comunicación y migraciones, se podrían plantear la convivencia (y connivencia) entre ambos estados. Los Estados-nación (o lo que queda de ellos), por un lado, los implementan con mayor regularidad: Estado de excepción frente a un conflicto sindical o ante una catástrofe natural o, de manera más tradicional, suspensión del derecho en momentos en que se producen conflictos armados. Los migrantes, por otro lado, producen sus estados de excepción al cruzar los territorios y crear mecanismos de actuación, donde no es la ley la que rige, sino la fuerza de ley (Derrida, 1997). La fuerza de ley es una máquina performativa que implica no una ley en sentido estricto, sino otra figura jurídica (decretos u otros) que tienen fuerza de ley, es decir, actúan como si lo fueran. En otros casos, no hay ni figura jurídica, sino una excepción que se concibe como regla (fuerza de ley).

Los/las migrantes desestabilizan, producen sismos y transformaciones. Paralelamente, los medios de comunicación utilizan, en muchos momentos para referirse a ellos, «consignas» (Deleuze y Guattari, 2000) como por ejemplo «sin papeles», «mojados», «irregulares» u «ola de inmigrantes». Las consignas son mecanismos performativos que crean lo que enuncian, es decir, no se refieren a la verdad o falsedad de lo expuesto sino que se rigen por su fuerza enunciativa.

II

Giorgio Agamben (2004) actualiza las posturas sobre los estados de excepción, refiriéndose a la anomia socio-cultural que estos crean. El crítico italiano mezcla a Benjamin y Schmitt con Durkheim, concibiendo esa anomia como un hiato o brecha entre los «estados de normalidad».

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La máxima aplicación en un mínimo de ley podría ser la fórmula schmittiana llevada a un sintagma que explique su teoría sobre el estado de excepción. Hay múltiples casos, de ejemplos que se podrían citar, de cómo conviven ambos estados en la actualidad. Desde las performáticas fuerzas de ley que se implementan para legalizar supuestas situaciones de ilegalidad o, como prefiero nominarlas, paralegales, para regularizar la situación de miles de migrantes que, hasta ese momento, llevaban a la práctica el otro tipo de estado de excepción. Esto es, viviendo en ese país sin ser reconocidos legalmente como tales, aunque paralegalmente, trabajan, conducen coches o alquilan...

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