Tienen poemas y leyes en verso de gran antigüedad, que dicen de seis mil (versos/años). Notas sobre el derecho entre los turdetanos

AutorEnrique Gozalbes-Cravioto
CargoUniversidad de Castilla-La Mancha
Páginas525-547
AHDE, tomo LXXXVII, 2017
Tienen poemas y leyes en verso de gran
antigüedad, que dicen de seis mil (versos/años).
Notas sobre el derecho entre los turdetanos 1 *
RESUMEN
En el presente trabajo realizamos un estudio acerca de un texto muy concreto del
geógrafo griego Estrabón en relación con la existencia de antiguas leyes entre el pueblo
prerromano de los turdetanos. Después de recoger el texto, efectuamos un recorrido por
las distintas interpretaciones que desde el siglo XVI se han realizado sobre el testimonio.
Después analizamos los distintos datos recogidos en el mismo, y a partir de otras fuen-
tes intentamos efectuar una aproximación a algunas de las disposiciones. Como con-
clusiones aceptamos el hecho de que se trató, a partir de la tradición tartésica y sobre
todo de influencia púnica, de un sistema jurídico que, a partir de los datos conservados,
parece reflejar una situación de evolución de una organización gentilicia a otra carac-
terizada por la civilización urbana.
PALABRAS-CLAVE
Sistema jurídico, pueblos prerromanos, turdetanos, leyes en verso, Andalucía.
ABSTRACT
In this paper we carry out a study about a Greek geographer Strabo text regarding
the existence of ancient laws from the pre-Roman people of turdetanos. After collecting
* Dedico este artículo a la memoria y en homenaje al Prof. Dr. José Manuel Pérez-Prendes
Muñoz-Arraco, uno de mis maestros.
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AHDE, tomo LXXXVII, 2017
the text, we made a tour of the different interpretations that have been done since the
sixteenth century about the testimony of Strabo. Then we analyze the various data col-
lected in it, and from other sources we try to make an approach to some of the provi-
sions. In conclusion we accept the fact that as a result of the tartesica tradition and,
above all, as a result of the Punic influence, it was a legal system that seems to reflect a
situation of evolution from a gentile organization to another characterized by urban
civilization.
KEYWORDS
Legal system, pre-Roman peoples, turdetanos, laws in verse, Andalusia.
S: 1. El texto de Estrabón y sus fuentes. 2. Recorrido historiográfico.
3. Análisis de los datos. 4. Una aproximación a las leyes. 5. Conclusiones.
1. EL TEXTO DE ESTRABÓN Y SUS FUENTES
El texto básico que da origen a la presente aportación es, como veremos
más adelante, bastante bien conocido y ha sido recogido y utilizado de una
forma reiterada en las obras de Historia del Derecho español. De hecho, el
documento en cuestión constituye una de las escasas referencias expresas a la
más que previsible existencia de unas normas jurídicas escritas y que regían
entre las diversas poblaciones prerromanas existentes en la antigua Hispania.
En el caso que nos ocupa se trata de un testimonio referido a uno de los princi-
pales grupos étnico-culturales como era el constituido por los turdetanos, que
eran los habitantes de una buena parte de las zonas meridionales de la Penínsu-
la Ibérica 1. Antes de desarrollar y explicar las principales lecturas acerca de
esta referencia singular, así como de exponer nuestra propia posición al respec-
to de su interpretación, nos parece imprescindible el recoger en su contexto
histórico el significado que tiene este documento concreto. Se trata de un relato
del geógrafo griego Estrabón, natural de la localidad de Amaseia (Norte de la
actual Turquía) que está recogido en el seno de su descripción de la Iberia o
Península Ibérica, que como es bien sabido, constituye la más extensa que se ha
1 En la historiografía histórico-jurídica se ha alternado entre la consideración de Derechos
de los pueblos prerromanos y Derechos primitivos o sistemas jurídicos primitivos. Según señalaba
F E, Ramón, Manual de Historia del Derecho Español. 1. Las fuentes, Madrid,
1990, p. 101 la denominación de prerromano sería consecuencia de considerar el Derecho Roma-
no como el punto de origen de la Historia del Derecho español. Vid en general las aportaciones
recogidas en el monográfico de la revista Studia Historica, Historia Antigua, 9, 1991, dedicado al
«Ius Latti (sic) y derechos indígenas en Hispania». No obstante, la consideración de primitivo o
indígena también encierra en sí misma una cierta carga de pre-juicio que a nuestro juicio resulta
discutible. En la historiografía de la antigüedad por lo general se prefiere la denominación de pre-
rromano o bien indígena pero no primitivo.

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