El poder empresarial de control digital: ¿'nueva doctrina' del TEDH o mayor rigor aplicativo. A propósito de la STEDH de 5 de septiembre de 2017, caso Barbulescu c. Rumania

AutorCristóbal Molina Navarrete
CargoCatedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Jaén
Páginas288-298
IUSLabor 3/2017
EL PODER EMPRESARIAL DE CONTROL DIGITAL:
¿“NUEVA DOCTRINA” DEL TEDH O MAYOR RIGOR APLICATIVO DE LA
PRECEDENTE?
A PROPÓSITO DE LA STEHD DE 5 DE SEPTIEMBRE DE 2017, CASO
BARBULESCU C. RUMANIA.
Cristóbal Molina Navarrete
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Universidad de Jaén.
Abstract
La STEDH, Gran Sala, de 5 de septiembre de 2017, conocida como Barbulescu II, por
haber revocado la STEDH de 12 de enero de 2016 (caso Barbulescu c. Rumania), ha
creado unas extraordinarias expectativas de innovación, tanto legislativa como, sobre
todo, jurisprudencial, en el Derecho español, pese a tratarse de un caso rumano. Y ello
sería así porque parecería destinada a revisar profundamente, según un autorizado sector
de comentaristas, la doctrina constitucional y la jurisprudencia social, dictada a estela de
aquélla, consolidadas en nuestro sistema jurídico-laboral y constitucional. La posición
jurisprudencial estatal es notablemente más restrictiva de la efectividad del derecho de
los trabajadores a la protección de su privacidad informática, y a su libertad y secreto de
comunicaciones, favoreciendo notablemente el despliegue del poder empresarial, a su vez
expresión de su libertad de empresa. Sin embargo, si bien analizada, los innegables
aspectos de interés que presenta esta importante sentencia del TEDH, no necesariamente
confirmarían unas expectativas tan elevadas de innovación jurídica, porque realmente la
doctrina que mantiene es continuista con sus precedentes, si bien sí realizaría una puesta
en práctica más rigurosa y severa que la realizada por la Sala del TEDH. Una vez más, la
extraordinaria difusión mediática de un fallo jurisprudencial internacional no coincide
estrictamente con su contenido práctico, sin perjuicio de su relevancia intrínseca, pues de
todos es sabido que ni nuestra legislación ni nuestra jurisprudencia mantiene un justo
equilibrio entre los derechos en juego, primando la posición empresarial sobre la de los
trabajadores. Pero, en realidad, este desajuste ya fue apreciado internamente, ante la nada
velada crítica que la Sala Penal del Tribunal Supremo hizo a la Sala Social del Tribunal
Supremo y al Tribunal Constitucional en estas materias. Tampoco la negociación
colectiva habría cumplido adecuadamente su misión de conseguir, de una forma concreta
y precisa, ese debido equilibrio. El presente comentario analiza todos estos aspectos,
tratando de situar adecuadamente el alcance del fallo del TEDH
The judgment of the European Court of Human Rights, Grand Chamber, of September 5,
2017, known as Barbulescu II, for revoking the judgment of the European Court of

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