Plataformas digitales y concepto de trabajador: una propuesta de interpretación finalista

AutorAdrian Todolí Signes
CargoUniversidad de Valencia
Páginas17-41
ISSN 1575-7048 eISSN 2444-5819
Lan Harremanak, 2019, 41, 17-41
https://doi.org/10.1387/lan-harremanak.20880
PLATAFORMAS DIGITALES Y CONCEPTO
DE TRABAJADOR: UNA PROPUESTA DE
INTERPRETACIÓN FINALISTA
Digital Platforms and the concept of worker:
Personal work relationship as a concept for workers
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Universidad de Valencia
RESUMEN
Existe consenso en la doctrina laboralista de que el concepto de trabajador debe interpretarse conforme
a la realidad social del momento en el qué debe ser aplicado. El presente trabajo analiza qué significa esta afir-
mación en el momento actual de expansión de las plataformas digitales y del trabajo autónomo en general.
Para ello, se analizan i) las propuestas existentes en la doctrina comparada de ampliación del ámbito subjetivo
del Derecho del trabajo; ii) los fines propios del Derecho del trabajo; iii) las últimas interpretaciones del Tri-
bunal Supremo del concepto de trabajador. En base a este análisis, se realiza una propuesta de interpretación
finalista del concepto de trabajador que permita incluir a todos aquellos que prestan servicios sin ser genuina-
mente una empresa.
Palabras clave: Concepto de trabajador, ámbito subjetivo de aplicación del estatuto de los trabajadores, subor-
dinación, dependencia, ajenidad, interpretación finalista del concepto de trabajador.
ABSTRACT
There is consensus in the labor law doctrine that the concept of worker must be interpreted according to the
social reality of the moment in which it should be applied. The present work analyzes what this affirmation means
in the current moment of expansion of digital platforms and autonomous work in general. For that, i) the existing
proposals in the comparative doctrine of extension of the subjective scope of Labor Law are analyzed; ii) the aims of
labor law; iii) the latest interpretations of the Supreme Court of the concept of worker. Based on this analysis, a pur-
posive interpretation proposal is made of the concept of worker that allows to include all those who provide services
without being genuinely a company.
Keywords: worker concept, Labour Law scope, subordination, control-test, finalist interpretation of the concept of worker.
* Correspondencia a: Adrián Todolí Signes. Facultad de Derecho. Departamento de Derecho del Trabajo. Av. Tarongers s(n 46020-
VALENCIA, España – adrian.todoli@uv.es – https://orcid.org/0000-0001-7538-4764
Cómo citar: Todolí Signes, Adrián. (2019). «Plataformas digitales y concepto de trabajador: una propuesta de interpretación fina-
lista»; Lan Harremanak, 41, 17-41. (https://doi.org/10.1387/lan-harremanak.20880).
Recibido: 22 mayo, 2019; aceptado: 25 junio, 2019.
ISSN 1575-7048 - eISSN 2444-5819 / © 2019 UPV/EHU
Esta obra está bajo una licencia
Creative Commons Atribución 4.0 Internacional
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Lan Harremanak, 2019, 41, 17-41
SUMARIO
1. Las plataformas y los retos del Derecho del trabajo.—2. El creciente tra-
bajo en plat aformas: ti pos de trabajos y secto res.—3. La digitalizació n y la
desigualdad.—4. Más allá de los trabajadores de plataformas: la ampliación del ám-
bito subjetivo de protección del Derecho del trabajo.—5. Una interpretación fina-
lista del concepto de trabajador laboral.—6. La labor del Tribunal Supremo en la
reinterpretación del concepto de trabajador.—7. Reflexión final.—8. Bibliografía.
1. Las plataformas y los retos del Derecho del trabajo
Una de las mayores innovaciones del trabajo en plataformas ha sido su ca-
pacidad de producir una nueva forma de organización del trabajo. La tecnología
actual (aplicaciones, páginas web, smartphones, algoritmos, entre otros) permite
nuevos modelos de negocio y de prestación de servicios que despiertan el interés
de los consumidores1.
No es la primera vez que se produce una situación similar vinculada, pre-
cisamente, a los cambios tecnológicos. Con la máquina de vapor y los telares
mecanizados, las formas de producción y distribución de textiles cambiaron ra-
dicalmente. Antes de la industrialización existía una producción individuali-
zada en los hogares de los trabajadores, de donde el empresario recogía semanal-
mente (o con otra periodicidad) las prendas para, a continuación, distribuirlas
en el mercado. Posteriormente, con las posibilidades que ofrecía la tecnología,
se cambió a una producción en fábricas. En efecto, el incremento de producti-
vidad provocado por el telar mecánico hacía económicamente ineficiente conti-
nuar cosiendo individualmente vestidos por los trabajadores en sus respectivas
casas. Por el contrario, era necesario realizar fuertes inversiones en la adquisición
de maquinaria y aquellos que no podían costearla —quienes vivían de su tra-
bajo— debían abandonar el trabajo doméstico para acudir a la fábrica y ofrecer
su tiempo a cambio de una remuneración. En base a esta forma de prestar servi-
cios, y con objeto de incrementar la eficiencia del proceso productivo, apareció
1 Un reciente informe de la Comisión Europea establece tres tipos de organización la economía
industrial de 1850 a 1970, la economía de la información de 1970 a 2020 y un tercer tipo llamado
economía de la inteligencia artificial que empezando en los 2010 será imperante en el futuro. Esta
economía de la inteligencia artificial incluye en su seno la economía de plataformas, pero también el
big data, ver Goos (2019).

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