Plan de Igualdad en empresas que superen los 50 trabajadores

AutorvLex

Las empresas con más de 50 trabajadores deberán contar con un Plan de Igualdad desde el pasado 7 de marzo de 2022. Así se desprende de la Disposición Transitoria décima segunda de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que establece:

«Para la aplicación de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 45 y en los apartados 2, 4, 5 y 6 del artículo 46 de esta ley orgánica, en la redacción dada a los mismos por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación:

Las empresas de más de ciento cincuenta personas trabajadoras y hasta doscientas cincuenta personas trabajadoras contarán con un periodo de un año para la aprobación de los planes de igualdad.

Las empresas de más de cien y hasta ciento cincuenta personas trabajadoras, dispondrán de un periodo de dos años para la aprobación de los planes de igualdad.

Las empresas de cincuenta a cien personas trabajadoras dispondrán de un periodo de tres años para la aprobación de los planes de igualdad.

Estos periodos de transitoriedad se computarán desde la publicación del Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, en el “Boletín Oficial del Estado”

Estos planes se tendrán que negociar y acordar con la representación legal de los trabajadores y deberá enviarse al Registro y Depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad del Ministerio de Trabajo.

Esta adaptación a la normativa, tal como se desprende de la DA 12ª anteriormente transcrita se ha realizado gradualmente de la siguiente manera: desde marzo de 2020, empresas con más de 150 personas en plantilla; desde marzo de 2021, empresas con más de 100 trabajadores; y por último, desde el 7 de marzo de 2022, deberán tenerlo todas las empresas con más de 50 empleados.

Periodo transitorio hasta marzo de 20222

El plan de igualdad es una de las medidas establecidas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres encaminadas a conseguir la igualdad real entre hombres y mujeres.

De este modo, se fijó un periodo transitorio hasta marzo de 2022 para la aprobación de planes de igualdad en las empresas en función del número de personas trabajadoras en plantilla.

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