Resolución de 13 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 10 de junio de 2011 por el que se aprueba el plan de digitalización del servicio de radiodifusión sonora terrestre.

MarginalBOE-A-2011-12913
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyResolución

El Consejo de Ministros, en su reunión de 10 de junio de 2011, aprobó el plan de digitalización del servicio de radiodifusión sonora terrestre.

Considerando necesaria la publicidad del mencionado Acuerdo, he resuelto ordenar su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» a cuyo efecto figura su texto a continuación.

Madrid, 13 de julio de 2011.–El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Juan Junquera Temprano.

Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba el Plan de digitalización del servicio de radiodifusión sonora terrestre

La Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, que entró en vigor el 1 de mayo de 2010, regula en su disposición transitoria decimoquinta la digitalización del servicio de radiodifusión sonora terrestre, estableciendo la obligación por parte del Gobierno de aprobar un Plan técnico de digitalización integral del servicio de radiodifusión sonora terrestre.

Según establece la citada disposición transitoria, el Plan de digitalización se elaborará respetando las actuales licencias audiovisuales para la prestación de los servicios de radiodifusión sonora por ondas medias (hectométricas), de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia y de radiodifusión sonora digital terrestre, que se adaptarán y transformarán dentro de la nueva tecnología digital.

Asimismo, la Ley General de la Comunicación Audiovisual establece que para la elaboración del Plan, el Gobierno promoverá la mejor concertación con los agentes del sector tanto de las telecomunicaciones, como del sector de la electrónica y del automovilístico, entre otros.

En cuanto al plazo de aprobación, la citada Ley señala que el Plan deberá aprobarse en el plazo de dieciocho meses desde la entrada en vigor del texto legal.

Finalmente, la Ley General de la Comunicación Audiovisual dispone, en relación con el Plan de digitalización de la radiodifusión sonora terrestre, que el Gobierno, presentará a la Comisión y al Consejo europeos una propuesta de coordinación de los Estados de la Unión para la digitalización global y conjunta de los servicios de radiodifusión sonora.

El presente Acuerdo tiene por objeto aprobar el Plan de digitalización del servicio de radiodifusión sonora terrestre para dar cumplimiento al mandato legal recogido en la disposición transitoria decimoquinta de la Ley General de la Comunicación Audiovisual.

Uno de los objetivos fundamentales de las actividades de planificación y gestión del espectro radioeléctrico es el conseguir un uso lo más eficiente posible del mismo. La introducción de las nuevas tecnologías de carácter digital constituye un elemento clave para conseguir este objetivo, al precisar de menor cantidad de espectro para proporcionar un determinado servicio que el que el que se precisa utilizar con tecnología analógica. De este modo, se mejora la variedad y calidad de los servicios que se pueden prestar. La digitalización de la radio hará posible el aprovechamiento de las múltiples ventajas que la tecnología digital ofrece tanto a usuarios como a radiodifusores.

Desde el punto de vista de los prestadores del servicio, la tecnología digital permite configurar redes de frecuencia única, haciendo posible la recepción de un programa en la misma frecuencia a distintos niveles territoriales (país, región…). La utilización de la red...

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