Plan Anual de Control Tributario

AutorGarrigues Abogados y Asesores Tributarios
Páginas13-14
13
Hermosilla, 3 - 28001 Madrid Teléfono 91 514 52 00 - Fax 91 399 24 08
Es posteriormente, cuando se constata que la obra no va a realizarse y caduca la
licencia, cuando dicho ingreso deviene indebido.
Por lo tanto, el plazo de cuatro años para solicitar su devolución no se computa
desde que se presentó la liquidación provisional sino desde que, de acuerdo con la
normativa aplicable, caduca la licencia de obras.
3. NORMATIVA
3.1 Plan Anual de Control Tributario
El Plan Anual de Control Tributario y Aduanero para 2013 (Resolución de 8 de marzo de
2013, de la Dirección General de la AEAT), publicado en el BOE de 12 de marzo, se
articula en torno a tres grandes ámbitos:
La comprobación e investigación del fraude tributario y aduanero,
El control del fraude en fase recaudatoria, y
La colaboración con las Administraciones tributarias de las Comunidades
Autónomas.
En cada una de estas áreas, como es habitual, se definen varios tipos de control en
función de los objetivos perseguidos. Muchas de ellas son continuistas de las fijadas en
años anteriores, pero otras son novedosas para el ejercicio 2013.
Sin perjuicio del desarrollo de cada uno de estos ámbitos, a continuación destacamos las
actuaciones para el ejercicio 2013 que por su relevancia figuran en el preámbulo de la
Resolución:
La Agencia Tributaria analizará si los contribuyentes que se han acogido a procesos
de regularización voluntaria de su situación tributaria, ya sean ordinarios o
extraordinarios, se han ajustado a la finalidad prevista en la normativa reguladora de
dichos procesos. Asimismo, la información obtenida en estos procesos será cedida a
las CCAA cuando resulte de interés para la gestión de los tributos respecto de los
que sean competentes.
Se incentivará el intercambio de información con otras Administraciones Tributarias
en el marco de los acuerdos de intercambio de información suscritos por la Agencia
Tributaria o de las cláusulas de intercambio de información incluidas en los
convenios para evitar la doble imposición, con la finalidad de obtener información
que permita el descubrimiento de patrimonios y fuentes de rentas radicados en
territorios calificados tradicionalmente como territorios de baja tributación o paraísos
fiscales o, en otro caso, denunciar su falta de cumplimiento.
Se realizarán actuaciones presenciales dirigidas a la detección de alquileres no
declarados.

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