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- La Ejecución Forzosa de los Actos Administrativos en el Ámbito de la Administración de la Seguridad Social
Ejecución: Petición de subsanación de defectos en la solicitud de aplazamiento
Autor | Alberto Palomar/Javier Vázquez Garranzo |
Cargo del Autor | Profesor Titular de Derecho Administrativo (a) y Magistrado (ev)- Letrado de la Administración de la Seguridad Social. Abogado de la CAIB |
Actualizado a | Enero 2024 |
Expediente nº .................... Asunto ....................
Procedimiento .................... D/Dña. .................... , con DNI nº .................... mayor de edad, con domicilio a efectos de notificaciones en .................... (en su caso, teléfono, fax y correo electrónico), ante .................... comparece y como mejor proceda, EXPONE:
Que con fecha .................... se me ha notificado la Resolución de ese órgano de recaudación de fecha .................... , por la que se me requiere a fin de que en el plazo de diez días subsane en la petición de aplazamiento de la deuda tributaria de .................... (fecha), el/los defecto/s consistente/s en ....................
Que, al amparo de lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas , y en el artículo 35.3 del RD 1415/2004 (Reglamento General de Recaudación) dentro del plazo conferido al efecto, vengo a subsanar el/los citado/s defecto/s, para lo cual .................... Por lo expuesto
SOLICITO:
Tenga por presentado este escrito con los documentos que se acompañan y, en su virtud, previos los trámites que procedan, tenga por subsanado/s el/los defecto/s advertido/s en nuestra petición de aplazamiento de fecha .................... , y acuerde en definitiva su concesión a quien suscribe..
En .................... a ..... de ..... de ..........
Lugar, fecha, sello y firma
ÓRGANO, UNIDAD O CARGO ADMINISTRATIVO
COMENTARIOReal Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, regula en su artículo 23 (VER FORMULARIO ANTERIOR).
El Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, regula en sus artículos 31 a 36 el aplazamiento del pago.
El artículo 35.3 RGR dispone que si la solicitud de aplazamiento no reuniese los requisitos exigidos o no se aportasen con ella los documentos establecidos, o se apreciasen en ella defectos u omisiones, se requerirá al solicitante para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos en el plazo de 10 días, con indicación de que en caso contrario se dictará resolución teniéndole por desistido de su solicitud.
El artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas al regular la subsanación y mejora de la solicitud, dispone:
1. Si...
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