Perspectiva del Derecho internacional del Medio ambiente

AutorSusana Borràs Pentinat
CargoProfesora contratada doctora de Derecho Internacional Público, Universitat Rovira i Virgili
Páginas1-17
REVISTA CATALANA DE DRET AMBIENTAL Vol. V Núm. 2 (2014): 1 17
- Crònica -
PERSPECTIVA DEL DERECHO INTERNACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE
SUSANA BORRÀS PENTINAT
Profesora contratada doctora de Derecho Internacional Público
Universitat Rovira i Virgili
S. Borràs RCDA Vol. V Núm. 2 (2014)
2
Sumario: 1. La Declaración de Maastricht y las decisiones adoptadas en la V Reunión de las Partes del
Convenio de Aarhus y en la II Reunión de las Partes del Protocolo de Kiev sobre el Registro y
Transferencia de Contaminantes (PRTR). 2. El informe del Grupo de Trabajo Abierto sobre los Objetivos
de Desarrollo Sostenible establecido de conformidad con la Resolución 66/288 de la Asamblea General.
3. La Resolución 68/310, aprobada por la Asamblea General el 15 de septiembre de 2014: cuatro diálogos
estructurados de un día de duración sobre posibles arreglos para un mecanismo de facilitación que
promueva el desarrollo, la transferencia y la difusión de tecnologías limpias y ambientalmente racionales.
4. La VII Reunión de las Partes del Acuerdo sobre la Conservación de las Poblaciones de Murciélagos de
Europa (EUROBATS). 5. “El camino a Samoa”: III Conferencia Internacional de los Pequeños Estados
Insulares en Desarrollo. 6. Las decisiones de la IV Reunión de las Partes de la Convención sobre la
Protección y el Desarrollo Sostenible de los Cárpatos. 7. La Declaración de Gangwon sobre Diversidad
Biológica para el Desarrollo Sostenible (CoP 12). 8. La agenda internacional para los próximos meses.
La crónica jurídica internacional de este número de la Revista Catalana de Dret
Ambiental ofrece un análisis resumido de los documentos más significativos que se han
adoptado en los últimos seis meses, principalmente en el seno de las conferencias y
reuniones de las partes celebradas en torno a diferentes ámbitos de interés ambiental.
1. La Declaración de Maastricht y las decisiones adoptadas en la V Reunión de las
Partes del Convenio de Aarhus y en la II Reunión de las Partes del Protocolo de
Kiev sobre el Registro y Transferencia de Contaminantes (PRTR)
El Convenio de Aarhus fue adoptado en 1998 por 39 países de Europa y actualmente
cuenta con la adhesión de 47 países de Europa y Asia1. El principal objetivo de este
convenio es fomentar la cabal aplicación del principio 10 de la Declaración de Río sobre
el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1992. Este principio reconoce que el mejor modo
de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos
interesados, y para esto se deberán asegurar el acceso adecuado a la información sobre
el medio ambiente de que dispongan las autoridades y la oportunidad de participar en
los procesos de toma de decisiones. Además, los Estados deben facilitar el acceso
efectivo a procedimientos judiciales y administrativos.
La V Reunión de las Partes del Convenio de Aarhus2 y la II Reunión de las Partes del
Protocolo de Kiev sobre el Registro y Transferencia de Contaminantes (PRTR) se
1 Convenio sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el
acceso a la justicia en materia de medio ambiente, hecho en Aarhus (Dinamarca) el 25 de junio de 1998
(BOE de 16 de febrero de 2005).
2 El informe final de esta conferencia se puede consultar en: Report of the fifth session of the Meeting of
the Parties, advance edited copy (ECE/MP.PP/201 4/2). Disponible en:
http://www.unece.org/fileadmin/DAM/env/pp/mop5/Documents/Post_session_docs/ece.mp.pp.2014.2_a
ec.pdf.> (consultado el 10 de octubre de 2014).

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