De la persona biológica, criótica, a la persona robótica cibernética

AutorAndrea Carrascal Santano
CargoGraduada en Derecho Universidad de Deusto
Páginas347-375
R.E.D.S. núm. 16, Enero-Junio 2020 ISSN: 2340-4647
g. 347
DE LA PERSONA BIOLÓGICA, CRIÓTICA, A LA
PERSONA ROBÓTICA CIBERNÉTICA
FROM THE BIOLOGICAL, CRYPTIC PERSON, TO THE
CYBERNETIC ROBOTICS PERSON
Andrea Carrascal Santano
Graduada en Derecho
Universidad de Deusto
Fecha de recepción: 15 de marzo de 2020
Fecha de aceptación: 23 de mayo de 2020
SUMARIO: Introducción. 1. La persona biológica y su capacidad. 1.1 De la Convención
de Nueva York de 13 de diciembre de 2006 al Anteproyecto de ley de 26 de septiembre de
2018. 1.2 La reformulación de la discapacidad. 1.3 La capacidad jurídica como categoría en
el Derecho. 2. Criotica. 2.1. Definición y concepto. 2.2 El vencimiento de la muerte y los
derechos del ‘ser crionico’ renacido. 3. Persona robótica cibernética. 3.1 Proyecto de informe
con recomendaciones destinadas a la Comisión sobre normas de Derecho Civil sobre
robótica. 3.2 Propuesta de Resolución del Parlamento Europeo del 16 de febrero de 2017
para un Derecho Civil sobre robótica. 4. Bibliografía.
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RESUMEN: en un mundo en el que la inteligencia artificial está teniendo cada vez más
protagonismo en nuestro día a día, nos planteamos en qué lugar queda la sociedad y qué papel
debe ostentar el Derecho. A través de la técnica de la criogenización, hasta la implantación de
extensiones robóticas de cualquier tipo en un cuerpo humano, e incluso combinando estas dos,
podemos ver los nuevos escenarios que se darán para este nuevo ‘ser humano’ y que derechos y
obligaciones tendrá. Cuestiones como la personalidad, el nacimiento bis o la discapacidad de estos
sujetos, son algunos de los puntos que trataremos.
ABSTRACT: In a world in which artificial intelligence is playing an increasingly
important role in our daily lives, we ask ourselves where society stands and what role the law
should play. Through the cryogenic technique until the implantation of robotic extensions of any
type in a human body, and even combining these two, we can see the new scenarios that will be
given for this new ‘human’ and what rights and obligations he will have. Issues such as
personality, second birth or disability of these subjects, are some of the points that we will address.
PALABRAS CLAVE: criogenia, inteligencia artificial, robots, robótica, derecho,
capacidad.
KEYWORDS: cryogenics, artificial intelligence, robot, robotics, law, capacity.
Andrea Carrascal Santano!
R.E.D.S. núm. 16, Enero-Junio 2020 ISSN: 2340-4647
pág. 348!
INTRODUCCIÓN
En un mundo en el que continuamente vemos tanto series como videojuegos
ambientados en un futuro distópico con una tecnología tan desarrollada,
conviviendo pacíficamente (o no, según la imaginación del autor en cuestión)
con robots, cyborgs, y similares, nos preguntamos en qué lugar queda el
Derecho y como evolucionaría en un escenario más típico de ciencia ficción que
de la realidad. A pesar de esto, la convivencia entre la inteligencia artificial y la
sociedad humana está más cerca de lo que pueda parecer en un inicio. Por ello,
debemos plantearnos la idea de implantar un marco jurídico en el que las
nuevas situaciones con respecto a este escenario se regulen, de manera que
podamos otorgar cierta seguridad jurídica a la sociedad, denominémosla, mixta.
Hablamos de enlazar la biología con la tecnología con el fin de tejer una
conciencia y personalidad de un ser robótico, de manera que no encontremos
diferencia en hablar con uno de estos nuevos seres o con un ser humano, tal y
como el matemático y filósofo ALAN TURING1 exponía. La consideración del
ser humano como una mera parte del experimento o, como una pieza de
tránsito hacia el avance tecnológico y posterior desarrollo de los entes
combinados o autónomos, sería un error, puesto que la raza humana supondría
una ayuda totalmente necesaria para conseguir el fin que durante décadas ha
sido perseguido: la fusión humano-robótica, adaptando las necesidades
humanas a las capacidades robóticas, conformando así un uno inseparable, un
sistema único.
La imagen que actualmente tiene la sociedad en cuanto a los robots sería la
de un aparato controlado por una persona humana a través de su
correspondiente control remoto. La pregunta que planteamos en este trabajo es
el control humano interno, esto es, el implantar el cerebro de un humano en un
ser cibernético. El rápido uso de las tecnologías, así como su indudable
crecimiento, obliga a la sociedad civil a adoptar numerosos enfoques en materia
de Derecho, debido a la posibilidad de aumentar la interacción de la IA con la
humanidad, de manera que llegue a ser aún más relevante. Se considera que el
abordaje de este tema se debe hacer de manera rápida, pero no por ello
escuálida, para poder velar por un conjunto de valores y principios que
constituirán la base de la regulación y posterior socialización entre todos. Así
mismo, dicha regulación a nivel jurídico se dará para evitar todas las posibles
confrontaciones, teniendo cuidado en su redacción e interpretación, puesto que
un marco jurídico restrictivo no incentivaría la innovación, provocando un
efecto contrario al que se quiere llegar: la no prosperidad de la sociedad, en
todas sus modalidades.
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1 TURING MATHISON, ALAN (1912-1954): matemático, informático teórico y filósofo. Considerado
uno de los padres de la computación y precursor de la informática moderna.
RUIZA, M., FERNANDEZ, T, TAMARO, E. “
Biografía de Alan Turing
”. Biografías y vidas. La
enciclopedia biográfica en línea, 2004. https://www.biografiasyvidas.com/biografia/t/turing.htm
(Última consulta, 26 de junio de 2020).
RUIZA, M., FERNANDEZ, T, TAMARO, E. “
Biografía de Alan Turing
”. Biografías y vidas. La
enciclopedia biográfica en línea, 2004. https://www.biografiasyvidas.com/biografia/t/turing.htm
(Última consulta, 26 de junio de 2020).

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