Los permisos de trabajo.

AutorNatividad Mendoza Navas
Cargo del AutorTEU, Dr. Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Castilla-La Mancha
Páginas140-185

Page 140

El artículo 3.1 LODYLE establece que "los extranjeros gozarán en España de los derechos y libertades reconocidos en el Título I de la Constitución en los términos establecidos en los Tratados internacionales, en esta Ley y en las que regulen el ejercicio de cada uno de ellos". Y señala, a continuación, que "como criterio interpretativo general, se entenderá que los extranjeros ejercitan los derechos que les reconoce esta Ley en condiciones de igualdad con los españoles".

Sin embargo, el derecho al trabajo de los extranjeros en nuestro país, precisamente porque así lo dice la Ley que regula el ejercicio de este derecho, no se ejerce en condiciones de igualdad con los españoles.

El artículo 10 LODYLE dispone que "los extranjeros que reúnan los requisitos previstos en esta Ley Orgánica y en las disposiciones que la desarrollen tendrán derecho a ejercer una actividad remunerada por cuenta propia o ajena". Y a propósito de los mencionados requisitos el artículo 36 LODYLE dice que los extranjeros mayores de 16 años364que quieran desarrollar en España una actividad lucrativa, laboral o profesional, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, necesitarán haber obtenido previamente autorización administrativa para trabajar365.

Page 141

Esta autorización administrativa para trabajar se acompaña del correspondiente permiso de residencia, y a ambas figuras se refieren la LODYLE y el RD 2393/2004 que desarrolla la anterior norma. Por tanto, a lo largo de estas páginas iremos combinando las previsiones que sobre la autorización para trabajar contienen estas disposiciones, distinguiendo las diversas situaciones a través de las cuales el extranjero puede entrar en nuestro mercado de trabajo.

En este sentido, la normativa reguladora del derecho extranjería prevé diferentes autorizaciones de trabajo que se adaptan a las distintas formas de prestación de empleo. En particular se analizarán las siguientes:

- Autorización de trabajo por cuenta ajena estable.

- Autorización de trabajo por cuenta ajena de duración determinada.

- Autorización de trabajo por cuenta propia.

- Autorización de trabajo para la prestación transnacional de servicios.

- Autorización de trabajo a trabajadores transfronterizos.

- El contingente de trabajadores extranjeros.

Y, por último, veremos los supuestos en los que no se requiere autorización de trabajo.

I Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena estable
1. Autorización inicial de trabajo por cuenta ajena

La autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena permitirá a los extranjeros que residen fuera de España, y que

Page 142

hayan obtenido el visado correspondiente, realizar una relación laboral por cuenta ajena en nuestro país366.

1.1. Duración

Esta autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena tendrá una duración de un año367.

1.2. Límites

La autorización podrá limitarse a un ámbito geográfico y a un concreto sector de actividad368.

  1. ReqUisitos

Para la concesión de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena se tendrán en consideración los siguientes aspectos369:

- La situación nacional de empleo370. Así, a tales efectos, la situación nacional de empleo permitirá la concesión de tales autorizaciones de trabajo en dos momentos:

· Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura. El Servicio Público de Empleo Estatal elaborará, trimestralmente y previa consulta a la Comisión Laboral Tripartita de Inmi-

Page 143

gración371, un catálogo de ocupaciones de difícil cobertura, para cada provincia, así como para Ceuta y Melilla372. Y esto admitirá, toda vez que el empleo merezca dicha calificación, tramitar la autorización para residir y trabajar dirigida al extranjero.

· ocupaciones no calificadas como de difícil cobertura.

Igualmente, la situación nacional de empleo permitirá la contratación en las ocupaciones no calificadas como de difícil cobertura cuando el empresario acredite la dificultad de contratación para el puesto que pretende cubrir, mediante la gestión de la oferta de empleo ante el servicio público de empleo, concluida con resultado negativo, que emitirá en el plazo máximo de quince días una certificación que acredite la insuficiencia de demandantes de empleo adecuados y disponibles para aceptar la oferta373.

Page 144

- Que se garantice al trabajador una actividad continuada durante el período de vigencia de la autorización para residir y trabajar374.

- Que las empresas solicitantes hayan formalizado su inscripción en el correspondiente régimen del sistema de Seguridad Social y se encuentren al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Además, se podrá requerir al empresario que acredite los medios económicos, materiales y personales de los que dispone para su proyecto empresarial.

- Que las condiciones fijadas en la oferta de empleo se ajusten a las establecidas por la normativa vigente para la misma actividad, categoría profesional y localidad.

- Que se posea la titulación, en su caso, debidamente homologada o que se acredite la capacitación exigida para el ejercicio de la profesión375.

- Que los trabajadores extranjeros que se pretenda contratar carezcan de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.

- Que los trabajadores extranjeros no se encuentren irregularmente en territorio español.

2.1. La situación nacional de empleo: excepciones

Existen, no obstante, algunos supuestos en los que no se tendrá en cuenta la situación nacional de empleo a la hora de conceder la autorización de residencia temporal y trabajo. Se trata de los siguientes376:

- Ser cónyuge o hijo de extranjero residente en España con una autorización de trabajo renovada, o ser hijo de español nacionalizado o

Page 145

comunitario que lleve residiendo legalmente en España un año como mínimo, y al hijo no le sea de aplicación el régimen comunitario.

- Ser titular de una autorización previa de trabajo que se pretenda renovar.

- Refugiados y apátridas en determinadas condiciones377.

- Tener a su cargo ascendientes o descendientes españoles.

- Haber nacido y ser residente en España.

- Ser hijo o nieto de español de origen.

- Menores extranjeros tutelados en edad laboral378.

- Trabajadores designados para cubrir puestos de confianza, entendiéndose por tales aquellos trabajadores que desempeñen únicamente actividades propias de alta dirección por cuenta de la empresa que los contrate, basadas en la recíproca confianza y que ejerzan legalmente la representación de la empresa o tengan extendido a su favor un poder general379. Tendrán la misma consideración los trabajadores altamente cualificados que tengan conocimiento esencial para la realización de la inversión y sean especialistas o desempe-

Page 146

ñen funciones relacionadas con la dirección, gestión y administración necesarias para el establecimiento, desarrollo o liquidación de la citada inversión380.

- Trabajadores necesarios para montaje o reparación de equipos importados.

- Los extranjeros que obtengan la autorización de residencia temporal por el procedimiento previsto en el artículo 31.3 LODYLE (situación de arraigo, razones humanitarias, colaboración con la justicia y otras circunstancias excepcionales)381.

- Los extranjeros que hayan sido titulares de autorizaciones de trabajo para actividades de temporada durante cuatro años naturales y hayan retornado a su país de origen.

- Nacionales de Estados con los que se hayan suscrito convenios internacionales a este efecto382.

- Nacionales de Estados no pertenecientes a la Unión Europea ni al Espacio Económico Europeo enrolados en buques españoles en virtud de acuerdos internacionales de pesca marítima.

- Ciudadanos búlgaros y rumanos383.

3. Procedimiento

3.1. Solicitud

El empresario que quiera contratar a un trabajador extranjero no residente en España deberá presentar en modelo oficial, personal-mente o a través de quien válidamente tenga atribuida la representación legal empresarial, la correspondiente solicitud de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena ante el registro del órgano...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR