Permisos de salida: Introducción

AutorSantiago Leganés Gómez

Los permisos de salida constituyen un elemento muy importante y útil del tratamiento penitenciario. Los primeros antecedentes los encontramos en Suiza, a mediados del siglo XX donde se otorgaban permisos de salida de dos días para internos que hubieren alcanzado la mitad de la condena y observaren buena conducta, posteriormente se importan en la mayor parte de los estados europeos. Actualmente, los permisos de salida se encuentran recogidos en gran parte de las legislaciones penitenciarias de los países europeos, así como en varios Textos Internacionales. En España el primer antecedente se recoge en el Reglamento de los Servicios de Prisiones de 1956, que recogía la posibilidad de disfrutar permisos de salida para casos de enfermedad muy grave o defunción de familiares. El RD 2273/77 de 29 de julio incluye por primera vez un capítulo dedicado a los permisos de salida, estableciendo permisos en domingos y días festivos desde las 11 a las 19 horas para pasarlos con familiares en la localidad donde radique el centro penitenciario, y permisos de veinticuatro, cuarenta y ocho o setenta y dos horas, y, excepcionalmente, de una semana, cualquiera que sea el grado en que se encuentre el recluso, salvo en el primero, en que los permisos no podrán exceder de cuarenta y ocho horas. Estos permisos tenían una finalidad premial, ya que eran recompensas cuya concesión dependía de la facultad discrecional de...

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