DECRETO 87/1985, de 31 de julio, por el que se aprueba la segregación de la Entidad Local Menor de Paradela del Río y sus anejos de Peón, Penedelo y Valiña, del municipio de Corullón, y su incorporación el municipio limítrofe de Villadecanes-Toral de los Vados (León).

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

DECRETO 87/1985, de 31 de julio, por el que se aprueba la segregación de la Entidad Local Menor de Paradela del Río y sus anejos de Peón, Penedelo y Valiña, del municipio de Corullón, y su incorporación el municipio limítrofe de Villadecanes-Toral de los Vados (León).

La mayoría de los vecinos residentes en la Entidad Local Menor de Paradela del Río y sus anejos de Peón, Penedelo y Valiña, solicitan de los Ayuntamientos de Corullón y Villadecánes-Toral de los Vados, su segregación al primero y su agregación al segundo de ellos.

El Pleno del Ayuntamiento de Corullón acuerda por unanimidad oponerse a la segregación. Por su parte el Pleno de la Corporación de Villadecanes-Toral de los Vados acuerda también por unanimidad acceder a la solicitud de agregación.

Sustanciado el expediente de conformidad con las normas establecidas en la Ley Básica 7/85 -artículo 13-; Ley de Régimen Local, Texto refundido aprobado por Decreto de 24 de junio de 1955 -artículo 20.3)-, y Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales -artículos 11, 19 y concordantes-, se demuestra la necesidad y conveniencia económica - administrativa de la segregación-agregación objeto del expediente, concurriendo en el mismo la circunstancia de que debido al desarrollo de las edificaciones, se confunden prácticamente los núcleos urbanos de Villadecanes-Toral de los Vados y Paradela del Río; por lo que procede su aprobación por la Junta de Castilla y León de conformidad con lo dispuesto en la normativa antedicha.

En su virtud, de acuerdo con el dictamen emitido por la Comisión Permanente del Consejo de Estado, a propuesta del Consejero de...

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