El estado de partidos. fundamentos teóricos y consideraciones de futuro

AutorGómez Puerto, Ángel B.
Páginas33-38
— 33 —
I V.
El Estado de partidos.
Fundamentos teóricos
y consideraciones de futuro
Como hemos dicho, nuestra actual Constitución de 1978
consagra en su artículo sexto el denominado “Estado de parti-
dos”. Literalmente, el mencionado precepto de la carta magna
proclama que “los partidos políticos expresan el pluralismo po-
lítico, concurren a la formación y manifestación de la voluntad
popular y son instrumento fundamental para la participación
política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres den-
tro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y
funcionamiento deberán ser democráticos”.
En el constitucionalismo contemporáneo, se considera que
el “Estado de partidos” es la forma que adoptan los actuales Esta-
dos constitucionales, comprometidos con el principio democrá-
tico, garantista de la participación política, en los que los partidos
políticos protagonizan prácticamente la totalidad de la actividad
política, con el objetivo de superar períodos constitucionales an-
teriores en los que los partidos políticos no actuaban con relevan-
cia electoral y parlamentaria.
Sobre la participación en la vida política, y la relación entre la
ciudadanía y los partidos políticos, el jurista austriaco Hans Kelsen
(1881-1973) elaboró el primer fundamento teórico del denomina-
do Estado de partidos, que había surgido a raíz de la entrada en
vigor de la Constitución (alemana) de Weimar (1919), con esta re-
flexión en su transcendental obra Esencia y valor de la democracia:
“es patente que el individuo aislado carece por completo de existen-

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