¿Qué particularidades hay en Navarra sobre la patria potestad?

AutorMª Begoña Fernández González
Cargo del AutorDoctora en Derecho. Universidad San Pablo-CEU

La regulación que hay en Navarra sobre patria potestad es similar a la que existe para el resto de España donde no hay un Derecho foral especial.

El padre y la madre ejercen la patria potestad conjuntamente, salvo que se de algún tipo de imposibilidad física o jurídica (ausencia, incapacitación), en cuyo caso la ejercerá aquél en quien no concurra alguna de estas causas.

En caso de desacuerdos entre los progenitores y sus hijos, serán los Parientes Mayores o el Juez quien resolverá qué sea el padre o la madre el que tenga la facultad de decidir. Si la autoridad judicial lo estima oportuno puede incluso repartir entre ambos padres las funciones de la patria potestad o bien, atribuir a uno de ellos el ejercicio exclusivo por un período máximo de dos años.

Los deberes-derechos de los padres en el ámbito personal son los mismos que los ya examinados para el resto del país, es decir, velar por los hijos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos, corregirlos razonable y moderadamente y procurar su debida formación.

Los padres tienen también la posibilidad de representar a sus hijos y se nombrará a un defensor judicial en caso de contraposición de intereses entre ambas partes.

La administración...

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