Circular 2/2007, de 19 de diciembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se aprueban los modelos de notificación de participaciones significativas, de los consejeros y directivos, de operaciones del emisor sobre acciones propias, y otros modelos.

Fecha de Entrada en Vigor11 de Enero de 2008
MarginalBOE-A-2008-328
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorComision Nacional del Mercado de Valores
Rango de LeyCircular

Al amparo de lo previsto en los artículos 39 y 43 del Título II, en el artículo 47.4 del Título III del Real Decre-to 1362/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en relación con los requisitos de transparencia relativos a la información sobre los emisores cuyos valores estén admitidos a negociación en un mercado secundario oficial o en otro mercado regulado de la Unión Europea y en el artículo 9 del Título III del Real Decreto 1333/2005, de 11 de noviembre, sobre abuso de mercado, se habilita a la Comisión Nacional del Mercado de Valores para aprobar los modelos de notificación y desarrollar las especificaciones técnicas necesarias para la aplicación de lo dispuesto en los mencionados títulos.

La presente Circular tiene por objeto establecer los modelos de notificación que han de utilizarse para la remisión a la Comisión Nacional del Mercado de Valores de la correspondiente información. Estos modelos se han elaborado teniendo en cuenta las especificidades de las obligaciones establecidas en la citada normativa y los distintos sujetos obligados a notificar, esto es, accionistas significativos no consejeros, consejeros, directivos y los propios emisores, para el caso de la notificación de operaciones realizadas con acciones propias.

Los modelos incorporados como Anexos a esta Circular se han adaptado a la distinta naturaleza de los diversos instrumentos sobre los cuales hay que realizar las notificaciones, básicamente: acciones con derechos de votos atribuidos, derechos de voto o instrumentos financieros ligados a acciones.

Junto con los modelos de notificación, las personas obligadas deberán remitir una información complementaria que, aunque no tendrá carácter público, proporcionará a la Comisión Nacional del Mercado de Valores diversos datos identificativos sobre el sujeto obligado y el declarante, imprescindibles para su labor de supervisión.

Como parte integrante de cada uno de los Anexos, la Circular incluye, con objeto de facilitar la adecuada cumplimentación de los modelos, unas instrucciones que explican en detalle la forma de rellenar cada uno de los apartados del modelo correspondiente, de manera que se respeten los principios exigidos en el Real Decreto 1362/2007, de 19 de octubre.

El anexo I de la presente Circular recoge la obligación de remitir la información relativa a los derechos de voto, que se aplica a accionistas significativos que no tengan la condición de consejero, que deben informar sobre su posición final en derechos de voto y la fecha en la que alcanzaron o cruzaron alguno de los umbrales de notificación establecidos.

Este modelo incluye unos apartados específicos para informar de la celebración de acuerdos para el ejercicio concertado de los derechos de voto, que incluyen la identificación de los partícipes y el porcentaje de derechos de voto que individualmente tiene cada uno de ellos.

El anexo II recoge la obligación de notificación para toda persona, no consejero, que posea, adquiera o transmita, directa o indirectamente, instrumentos financieros...

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