Participación de la víctima en el proceso penal

AutorGorgonio Martínez Atienza
Cargo del AutorDoctor en Derecho y Licenciado Criminología
Páginas15-17

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Con las Teorias Absolutas o Retribucionistas de la pena, la situación de la víctima se encontraba ``revalorizada´´ (la pena debía ser proporcional al mal causado, teniendo en cuenta la situación de la víctima); con las teorías relativas de la pena surgió el fenómeno conocido como ``neutralización de la víctima´´ en el proceso penal (se acota la actuación procesal de la víctima

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a la de mero denunciante y eventualmente a la de testigo); y a finales del siglo XX ha surgido el fenómeno que algunos autores denominan el ``renacimiento de la víctima´´ (en la actualidad existe un perceptible reclamo social hacia un mayor protagonismo de la víctima en el proceso penal).

La participación de la víctima en el proceso penal se pone de manifiesto con el ejercicio de las acciones penal y civil, la comunicación y recurso de la resolución del sobreseimiento, la participación en la fase de ejecución de la pena, el reembolso de gastos, la justicia restaturativa, la asistencia jurídica gratuita, las autoridades competentes para la presentación de denuncias y la devolución de bienes.

  1. - Ejercicio de las acciones penal y civil: Toda víctima tiene derecho a ejercer las acciones penal y civil conforme a lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y, a comparecer ante las autoridades encargadas de la investigación para aportarles las fuentes de prueba y la información que estime relevante para el esclarecimiento de los hechos.

  2. - Comunicación y recurso de la resolución del sobreseimiento: La resolución de sobreseimiento será comunicada a las víctimas directas del delito que hubieran denunciado los hechos, así como al resto de víctimas directas de cuya identidad y domicilio se tuviera conocimiento; el Juez o Tribunal puede acordar, motivadamente, prescindir de la comunicación a todos los familiares cuando ya se haya dirigido con éxito a varios de ellos o cuando hayan resultado infructuosas cuantas gestiones se hubieren practicado para su localización; y la víctima podrá recurrir la resolución de sobreseimiento conforme a lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sin que sea necesario para ello que se haya personado anteriormente en el proceso, así como las resoluciones determinadas legalmente.

  3. - Participación en la fase de ejecución de la pena: Las víctimas estarán también legitimadas para interesar que se impongan al liberado condicional las medidas o reglas de conducta previstas por la ley que consideren necesarias para...

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