Protocolización de operaciones particionales por albacea-contador-partidor y la viuda, ratificada por tres de los cuatro herederos

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas70-70

Page 70

..- Si la designación del contador se ha hecho para el sólo caso de que no haya acuerdo entre los herederos, es evidente que si uno de ellos no lo ha ratificado, no hay acuerdo entre ellos en relación con la escritura de protocolización.

..- Entre las facultades del contador partidor figura la de interpretación del testamento.

..- En cuanto a la necesidad de ratificación por parte de todos los herederos, es doctrina reiterada de este Centro Directivo, que las particiones hechas por el contador-partidor, al reputarse como si fueran hechas por el propio causante, son por sí solas inscribibles sin necesidad de la concurrencia de los herederos y esa partición es válida en tanto no se impugne judicialmente. Mientras no se acredite la aceptación por alguno de los herederos, ningún inconveniente existe para que la inscripción se practique, en cuanto a...

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