DECRETO 83/2010, de 27 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica parcialmente el Decreto 61/1994, de 6 de abril, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueba la regulación del Consejo Aragonés del Deporte.
Sección | I. Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE |
Rango de Ley | Decreto |
El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, establece en su artículo 71.52ª que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de deporte.
El Decreto 18/2009, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, atribuye al mismo las competencias que corresponden a la Comunidad Autónoma en materia de deporte. Por su parte, la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, en su artículo 10, atribuye a los Consejeros la función de proponer al Gobierno la aprobación de los proyectos de Decreto en el ámbito de su Departamento.
La Ley 4/1993, de 16 de marzo, del Deporte de Aragón, crea y regula en su artículo 10 el Consejo Aragonés del Deporte, definido como organismo de asesoramiento, consulta y coordinación entre los sectores públicos y privados del deporte aragonés. La ley establece que la organización, composición y sistema para la designación de los miembros del Consejo y su régimen de funcionamiento se determinarán reglamentariamente.
El Decreto 61/1994, de 6 de abril, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueba la regulación del Consejo Aragonés del Deporte, determina su composición, funciones y régimen básico de funcionamiento. Sin embargo, la evolución experimentada por el deporte aragonés y su tejido asociativo, y los cambios habidos en la organización territorial de Aragón desde la aprobación del Decreto, hacen necesaria su revisión con el fin de incorporar representantes de nuevos sectores a la composición del Consejo Aragonés del Deporte. Entre ellos, un vocal en representación de la Federación Aragonesa de Deportes Tradicionales, en atención a la contribución deportiva y cultural a la identidad aragonesa de los deportes y juegos tradicionales de Aragón. Asimismo, se considera la posible compensación económica a los miembros del Consejo por los gastos de desplazamiento y asistencia a sus sesiones.
El proyecto ha sido informado favorablemente por el Consejo Aragonés del Deporte.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo con el Consejo Consultivo y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 27 de abril de 2010,
El Decreto 61/1994, de 6 de abril, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueba la regulación del Consejo Aragonés del Deporte, queda modificado como sigue:
Uno.-El artículo segundo queda redactado como sigue:
Artículo segundo.-1. El Consejo Aragonés del Deporte estará integrado por representantes del Gobierno de Aragón, de las Diputaciones...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba