Resolución de 10 de octubre de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por «Palacio del Comendador S. L.» frente a la negativa del registrador mercantil de Madrid número IX a la inscripción de la escritura de cambio de domicilio y modificación de estatutos de la citada sociedad.

MarginalBOE-A-2005-19287
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por 'Palacio del Comendador S. L.' frente a la negativa del registrador mercantil de Madrid número IX a la inscripción de la escritura de cambio de domicilio y modificación de estatutos de la citada sociedad.

En el recurso gubernativo interpuesto por don Carlos Martín Merino, Administrador único de la entidad mercantil 'Palacio del Comendador S. L.' frente a la negativa del Registrador Mercantil de Madrid número IX, don José Antonio Calvo González de Lara, a la inscripción de la escritura de cambio de domicilio y modificación de estatutos de la citada sociedad.

Hechos

I

Mediante escritura de cambio de domicilio y modificación de estatutos formalizada el 14 de noviembre de 2002 ante Notario, se procede a sustituir el domicilio social de la entidad 'Palacio del Comendador S. L.' con la consiguiente modificación del artículo correspondiente de los estatutos sociales. Se acompaña protocolizada certificación del administrador único relativa al acuerdo adoptado por los socios e indicando que el desarrollo de la Junta quedó reflejada en el Libro de Actas a través de la levantada al efecto.

II

Presentada la referida escritura solicitando la inscripción en el Registro Mercantil de Madrid fue calificada con la siguiente nota: El Registrador Mercantil que suscribe previo examen y calificación del documento precedente de conformidad con los artículos 18-2 del Código de Comercio y 6 del Reglamento del Registro Mercantil, ha resuelto no practicar la inscripción solicitada por haber observado el/los siguente/s defecto/s que impiden su práctica: Defectos. No consta la aprobación del acta conforme al artículo 99 (artículo 94 del Reglamento del Registro Mercantil). Deben presentarse para su depósito, las cuentas anuales correspondientes al ejercicio de 2001.

En el plazo de 1 mes a contar desde la fecha de la notificación de esta calificación, se puede interponer recurso en la forma y según los trámites previstos en el artículo 324 y siguientes de la Ley Hipotecaria, aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y modificada por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre. Madrid, 27 de enero de 2003. El Registrador. Firma ilegible.

III

Don Carlos Martín Merino, administrador único de la entidad mercantil 'Palacio del Comendador S. L.', interpuso recurso gubernativo contra la nota de calificación con apoyo en los siguientes argumentos...

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