Órgano jurisdiccional en cuya circunscripción radiquen los inmuebles afectados

AutorMaría Burzaco Samper
Páginas174-174
174
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Tginc"igpgtcn Órgano jurisdiccional en cuya circunscripción tenga su sede el órgano que
hubiere dictado la disposición o el acto originario impugnado.
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Responsabilidad patrimonial
Personal
Propiedades especiales
Sanciones
A elección del demandante:
́El Juzgado o el Tribunal en cuya circunscripción tenga su
domicilio el demandante.
́El Juzgado o tribunal correspondiente a donde se halle la
sede del órgano autor del acto originario impugnado.
Limitación: Cuando el recurso tenga por objeto actos de las CCAA o
de los EELL: la elección se entenderá limitada a la circunscripción del
TSJ en que tenga su sede el órgano que hubiere dictado el acto
originario impugnado.
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Órgano jurisdiccional en cuya circunscripción radiquen los inmuebles
afectados.
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Órgano jurisdiccional en cuya circunscripción tenga su sede el
órgano que hubiere dictado el acto originario impugnado.

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