DECRETO 6/2013, de 4 de enero, del Consell por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Entidad de Infraestructuras de la Generalitat (EIGE).

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Hacienda y Administración Pública - Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

ÍNDICE

Disposición adicional

Única. Cláusula de no incremento del gasto público.

Disposición derogatoria

Única. Derogación normativa.

Disposiciones finales Artículos 1 a 24

Primera. Habilitación.

Segunda. Entrada en vigor.

Anexo. Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Entidad de Infraestructuras de la Generalitat.

Capítulo I Naturaleza y funciones Artículos 1 y 2
Artículo 1 Naturaleza y régimen jurídico.
Artículo 2 Funciones.
Capítulo II Organización Artículos 3 a 8
Artículo 3 Órganos.
Artículo 4 De la presidencia.
Artículo 5 Del Consejo de Dirección

Composición.

Artículo 6 Competencias del Consejo de Dirección.
Artículo 7 Régimen jurídico del Consejo de Dirección.
Artículo 8 De la Dirección General.
Capítulo III Estructura organizativa Artículos 9 y 10
Artículo 9 Organización.
Artículo 10 Auditoría Interna.
Capítulo IV Personal Artículos 11 a 15
Artículo 11 Régimen jurídico del personal.
Artículo 12 Del personal funcionario que presta servicios en la entidad.
Artículo 13 Del personal laboral propio de la entidad.
Artículo 14 Relación de puestos de trabajo.
Artículo 15 Régimen retributivo.
Capítulo V Recursos y régimen económico Artículos 16 a 24
Artículo 16 Recursos económicos.
Artículo 17 Régimen presupuestario.
Artículo 18 Control financiero y contabilidad.
Artículo 19 De la supervisión y control económico-financiero

Capítulo VI. Contratación.

Artículo 20 Régimen de contratación.
Artículo 21 Contenido de la declaración de medio propio.
Artículo 22 Alcance de la declaración de medio propio

Capítulo VII. Régimen patrimonial.

Artículo 23 Patrimonio propio.
Artículo 24 Bienes adscritos.
PREÁMBULO

El Decreto Ley 1/2011, de 30 de septiembre, del Consell, de Medidas Urgentes de Régimen Económico-Financiero del Sector Público Empresarial y Fundacional, convalidado por la Resolución 22/VIII-2011, de 20 de octubre de 2011, del Pleno de Les Corts, estableció las bases, directrices y estrategias de gestión para conseguir un Sector Público Empresarial y Fundacional de la Generalitat saneado, austero, eficaz, eficiente y orientado a las necesidades de la sociedad valenciana y al cumplimiento de los objetivos del Consell en sus distintos ámbitos de actuación.

Dentro del Sector Público Empresarial de la Generalitat, se han integrado históricamente una serie de entidades y sociedades encargadas de la prestación y gestión de determinadas materias, así: el Ente Gestor

Preámbulo
Artículo único Aprobación del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Entidad de Infraestructuras de la Generalitat

de Transportes y Puertos (GTP), cuyo objetivo fundamental ha sido la construcción de infraestructuras de transporte terrestre que le sean expresamente atribuidas por la Conselleria competente en materia de transportes, así como la gestión, conservación y mantenimiento de las mismas y de aquellas otras ya existentes respecto de las cuales le sean encomendadas estas funciones; la sociedad mercantil Instituto Valenciano de Vivienda, SA (IVVSA), cuyo objeto social fue la rehabilitación y promoción de viviendas de protección oficial, así como cuantas actividades complementarias, accesorias y auxiliares sean precisas para la realización del mismo; la sociedad mercantil Construcciones e Infraestructuras Educativas de la Generalitat Valenciana, SA (CIEGSA), cuyo objetivo social fue la organización, contratación y gestión de cuantas actividades requiera la preparación, construcción de obras, instalaciones, ejecución y puesta en funcionamiento de las infraestructuras educativas dentro del territorio de la Comunitat Valenciana.

En el marco del proceso de reestructuración y ordenación del sector público empresarial y fundacional de la Generalitat, el Decreto Ley 7/2012, de 19 de octubre, del Consell, de Medidas de Reestructuración y Racionalización del Sector Público Empresarial y Fundacional de la Generalitat convalidado por la Resolución 185/VIII, de 14 de noviembre de 2012, del Pleno de Les Corts, modificó la denominación y fines del Ente Gestor de Transportes y Puertos, que pasa a denominarse Entidad de Infraestructuras de la Generalitat (EIGE), y a asumir los ámbitos competenciales del IVVSA y CIEGSA, que se suprimen y extinguen, respectivamente.

El Decreto que ahora se aprueba tiene como finalidad establecer las funciones, estructura organizativa, composición y atribuciones de los órganos del Entidad de Infraestructuras de la Generalitat (EIGE), en desarrollo del mandato contenido en la Disposición Final Quinta del Decreto Ley 7/2012.

Con este fin, el texto está integrado por un artículo, una disposición adicional, una disposición derogatoria, dos disposiciones finales y un anexo.

En el artículo único se aprueba el Reglamento de funcionamiento de la Entidad de Infraestructuras de la Generalitat que se incorpora como anexo al Decreto.

El Decreto Ley 7/2012 y, en su virtud, el Reglamento que lo desarrolla, otorgan a la Entidad de Infraestructuras de la Generalitat (EIGE) la naturaleza jurídica de entidad de derecho público, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines la promoción, construcción y gestión de suelo, infraestructuras, equipamientos y edificaciones, así como la gestión, explotación y mantenimiento de las mismas y de aquellas otras ya existentes respecto de las cuales le sean atribuidas estas funciones, sean de su titularidad o le sean adscritas

El Reglamento desarrolla las funciones de la entidad, asimismo, establece la organización, composición y atribuciones de los órganos que la integran y la estructura organizativa y régimen jurídico de su personal. Finalmente, regula los recursos financieros y el régimen económico, contractual y patrimonial al que estará sometida la entidad.

En su virtud, a propuesta conjunta de las personas titulares de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente y de la Conselleria de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 4 de enero de 2013,

DECRETO

Artículo único Aprobación del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Entidad de Infraestructuras de la Generalitat

Se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Entidad de Infraestructuras de la Generalitat, cuyo texto figura como anexo del presente decreto.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. Cláusula de no incremento del gasto público

La implementación y posterior desarrollo de este decreto no podrá suponer un incremento de gasto en el presupuesto consolidado de la Generalitat. A tal efecto y por lo que se refiere a lo gastos de personal las adaptaciones que puedan realizarse, en el marco de la implantación de la estructura organizativa de la entidad, no podrán suponer incremento de coste en términos homogéneos.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única. Derogación normativa

Queda expresamente derogado el Decreto 199/2004, de 1 de octubre, del Consell, por el que se aprobó el Estatuto del Ente Gestor de la Red de Transporte de la Generalitat Valenciana, así como cualquiera otra norma de igual o inferior rango que se oponga al presente Decreto.

DISPOSICIONES FINALES Artículos 1 a 24

Primera. Habilitación normativa

Se faculta a las personas titulares de las consellerias con competencias en materia de infraestructuras, sector público, patrimonio y hacienda para adoptar las medidas necesarias y dictar cuantas disposiciones exija la aplicación y ejecución de este decreto, en el ámbito de sus respectivas competencias.

Segunda. Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Valencia, 4 de enero de 2013

El president de la Generalitat, ALBERTO FABRA PART

La consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, ISABEL BONIG TRIGUEROS

El conseller de Hacienda y Administración Pública, JUAN CARLOS MORAGUES FERRER

ANEXO

Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Entidad de Infraestructuras de la Generalitat

CAPÍTULO I Artículos 1 y 2

Naturaleza y funciones

Artículo 1 Naturaleza y régimen jurídico
  1. La Entidad de Infraestructuras de la Generalitat es una entidad de derecho público de las previstas el artículo 5.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana aprobado por el Decreto Legislativo de 26 de junio de 1991, del Gobierno Valenciano.

  2. La entidad gozará de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, quedando adscrita a la Conselleria con competencias en materia de Infraestructuras.

  3. La entidad se rige por lo establecido en el capítulo XIX de la Ley 16/2003, de 17 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, el Decreto Ley 7/2012, de 19 de octubre, del Consell, de Medidas de Reestructuración y Racionalización del Sector Público Empresarial y Fundacional de la Generalitat, en el presente reglamento de funcionamiento y demás disposiciones que lo desarrollen, así como por la normativa específica...

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