ORDEN GAH/95/2016, de 26 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la selección de proyectos de especialización y competitividad territorial (PECT) enmarcados en la RIS3CAT y en el Programa operativo FEDER de Cataluña 2014-2020, y se abre la convocatoria.

SecciónDISPOSICIONES
EmisorDepartamento de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda

El Consejo Europeo aprobó, el 17 de junio del 2010, la estrategia Europa 2020 para promover un crecimiento inteligente, sostenible e integrador. Esta estrategia define los objetivos que la UE tiene que alcanzar el año 2020 en los ámbitos de investigación e innovación, cambio climático y energía, empleo educación y reducción de la pobreza.

El Gobierno de Cataluña, alineado con Europa 2020, aprobó, en abril del 2012, la estrategia Cataluña 2020 (ECAT 2020), la hoja de ruta para reactivar la economía y reorientar el sector productivo hacia un modelo económico más inteligente, más sostenible y más integrador. Una aportación primordial de la ECAT 2020 ha sido la definición de un marco estratégico y coherente para el impulso, la coordinación y el seguimiento de las políticas públicas que refuerzan las ventajas competitivas de Cataluña y que contribuyen a la consolidación de Cataluña en Europa y en el mundo como un país de base industrial, con una economía abierta, competitiva y sostenible. La ECAT 2020 identifica seis ámbitos prioritarios de actuación de las políticas públicas: empleo y formación, cohesión social, innovación y conocimiento, dinamismo empresarial, internacionalización y economía verde.

En el marco de la ECAT 2020 y del nuevo enfoque de la política de cohesión de la UE para el periodo 2014-2020, que apuesta por la investigación e innovación como motor para la competitividad empresarial y el crecimiento sostenible de la economía europea, el Gobierno de Cataluña, aprobó, en febrero de 2014, la estrategia de investigación e innovación para la especialización inteligente de Cataluña (RIS3CAT).

La RIS3CAT define cuatro objetivos:

  1. Reforzar la competitividad del tejido empresarial mediante la mejora de la eficiencia de los procesos productivos, la internacionalización y la reorientación de los sectores consolidados hacia actividades de más valor añadido.

  2. Potenciar nuevas actividades económicas emergentes a partir de la investigación, la creatividad y la innovación, para crear y explotar nuevos nichos de mercado.

  3. Consolidar Cataluña como polo europeo de conocimiento y conectar las capacidades tecnológicas y creativas con los sectores existentes y emergentes del territorio.

  4. Mejorar globalmente el sistema catalán de innovación, reforzar la competitividad de las empresas, particularmente de las pymes, y orientar las políticas públicas hacia el fomento de la innovación, la internacionalización y el emprendimiento.

El Programa operativo de inversión en crecimiento y empleo FEDER de Cataluña 2014-2020 (de ahora en adelante PO FEDER de Cataluña 2014-2020), aprobado por la Decisión de la Comisión Europea C(2015)894, de 12 de febrero del 2015, prioriza las inversiones en los ámbitos de la innovación y el conocimiento, el dinamismo empresarial y la economía verde, y contribuye a cuatro prioridades transversales, que también son clave para alcanzar los objetivos 2020: equilibrio territorial, internacionalización, empleo y especialización inteligente.

En este contexto, a partir de los trabajos impulsados por el Gobierno en colaboración con las partes interesadas, se ha definido un marco para el desarrollo de iniciativas articuladas e impulsadas desde el ámbito local que contribuyen, desde el territorio, a la consecución de los objetivos de Cataluña para el 2020. Los proyectos de especialización y competitividad territorial (PECT) articulan un conjunto de operaciones, con un fuerte componente de innovación, para la transformación económica del territorio y, en definitiva, para generar actividad económica sostenible y puestos de trabajo.

Esta convocatoria establece el marco para el desarrollo de las iniciativas PECT que articulan las aportaciones desde el territorio a los objetivos de Cataluña para el 2020.

En el Programa operativo se da un tratamiento específico al Ayuntamiento de Barcelona, dado que su capacidad económica frente a otras entidades locales haría económicamente inviable un reparto territorialmente equilibrado de la financiación FEDER.

De acuerdo con lo que disponen los artículos 40 y siguientes del Decreto 184/2013, de 25 de junio, de reestructuración del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales, a la Dirección General de Administración Local le corresponden funciones de asistencia y cooperación con el mundo local; además, como agente facilitador y organismo competente para resolver que tiene atribuidas funciones de organismo intermedio (OI) en el procedimiento de selección y verificación dentro del PO FEDER de Cataluña 2014-2020, es la unidad encargada de proyectos locales y de su gestión, seguimiento y control, de acuerdo con las funciones que le otorga el Decreto mencionado.

En virtud de las facultades que me otorga el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras, que constan en el anexo I de esta Orden, para la selección de proyectos de especialización y competitividad territorial (PECT) y la concesión de subvenciones por el FEDER de Cataluña 2014-2020, en los términos establecidos en el Programa operativo.

Artículo 2

Abrir la convocatoria pública para presentar solicitudes de proyectos de especialización y competitividad territorial (PECT), susceptibles de ser cofinanciados en el ámbito del PO FEDER de Cataluña 2014-2020, de acuerdo con las bases reguladoras que constan en el anexo I de esta Orden.

Las ayudas que regula esta convocatoria son subvenciones por concurrencia competitiva. La tasa máxima de cofinanciamiento del gasto elegible es del 50%. Las operaciones objeto de esta convocatoria no pueden haberse iniciado antes del 1 de enero del 2014 y tendrán que estar ejecutadas y pagadas el 31 de diciembre del 2020.

Se podrán solicitar prórrogas, de manera justificada, siempre antes del 30 de noviembre del 2020, y sólo para las entidades beneficiarias que hayan ejecutado y pagado un mínimo del 70% de la operación, como máximo por la mitad del plazo inicial, que se tendrán que aprobar mediante resolución del órgano competente. En todo caso, el plazo máximo para ejecutar y pagar las operaciones, incluidas las prórrogas, será el 31 de diciembre del 2023.

Artículo 3

Para esta convocatoria se destina un importe global máximo de subvención de 50.000.000,00 de euros, los cuales provienen del PO FEDER de Cataluña 2014-2020.

La convocatoria destina un importe de hasta 20.000.000,00 de euros para los PECT del ámbito metropolitano de Barcelona y un importe de hasta 30.000.000,00 de euros para los PECT de fuera del ámbito metropolitano de Barcelona.

En caso de que en un ámbito no se agote el presupuesto por falta de proyectos elegibles, se podrá transferir el remanente al otro ámbito.

La concesión a los proyectos seleccionados del cofinanciamiento previsto en la presente convocatoria queda condicionada a la efectiva concesión del FEDER por parte de la Unión Europea. La pérdida de la financiación FEDER de esta convocatoria por cualquier motivo que no sea imputable a la Administración de la Generalidad de Cataluña comportará la correlativa extinción del derecho a percibir el cofinanciamiento por parte de las entidades seleccionadas.

Artículo 4

El plazo de presentación de solicitudes se inicia en fecha 5 de mayo de 2016 y finaliza el 5 de septiembre del 2016.

Las solicitudes se tienen que presentar por medios telemáticos a través de la extranet de las administraciones públicas catalanas, plataforma SIFECAT1420 ( http://www.eacat.cat ), sin perjuicio de lo que establecen el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico de las administraciones públicas catalanas, y el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Las personas con capacidad de representación y firma de la entidad representante que presenta la solicitud, se tienen que autenticar a través de los sistemas de firma electrónica admitidos por la sede electrónica antes mencionada, para trámites de nivel medio, de acuerdo con el Esquema Nacional de Seguridad (Real decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la administración electrónica). Esta autentificación se aplicará para el resto de tramitaciones asociadas al procedimiento de concesión y justificación de las subvenciones.

La solicitud de la subvención se tiene que acompañar de la documentación detallada en la base 10.

Artículo 5

La persona titular del Departamento de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda es el órgano competente para resolver esta convocatoria.

Artículo 6

Se delega en la directora general de Administración Local la resolución de modificaciones, renuncias, revocaciones, descertificaciones, reintegros y de cualquier otro acto que se derive de la gestión de las subvenciones, durante el periodo de ejecución y finalización de los PECT beneficiarios del cofinanciamiento FEDER.

Artículo 7

El plazo máximo para la resolución y notificación de las subvenciones es de seis meses a contar de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

La Dirección General de Administración Local notificará la resolución de la convocatoria a la entidad representante mediante la extranet de las administraciones públicas catalanas, plataforma SIFECAT1420 ( http://www.eacat.cat ), sin perjuicio de que se puedan utilizar otros medios de publicación o notificación.

Contra la resolución, que agota la vía administrativa, las entidades locales interesadas, pueden interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar a partir...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR