Orden UMA/49/2019, de 23 de mayo, por la que se establecen las Bases reguladoras de las ayudas destinadas a autónomos y pequeñas y medianas empresas (PYMES) de la Comunidad Autónoma de Cantabria para inversiones de adquisición de vehículos eléctricos e instalación de infraestructuras de recarga encaminadas a la consecución de los objetivos de la Estrategia de Acción frente al Cambio Climático.
| Sección | 6 - Subvenciones y Ayudas |
| Emisor | Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social |
| Rango de Ley | Orden |
Orden UMA/49/2019, de 23 de mayo, por la que se establecen lasBases reguladoras de las ayudas destinadas a autónomos y pequeñasy medianas empresas (PYMES) de la Comunidad Autónoma de Cantabria para inversiones de adquisición de vehículos eléctricos e instalación de infraestructuras de recarga encaminadas a la consecución delos objetivos de la Estrategia de Acción frente al Cambio Climático.
La Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social del Gobierno de Cantabria, ostenta entre sus competencias la de procurar la conservación y desarrollo de los valores ambientales de nuestra región y la concienciación de los ciudadanos de lanecesidad de los mismos.
La competencia ambiental de nuestra Comunidad Autónoma viene determinada por lo dispuesto en los artículos 149.1. 23º y 148.1. 9º de la Constitución Española, y en el artículo 25del Estatuto de Autonomía para Cantabria, aprobado mediante la Ley Orgánica 8/1981, de 30 dediciembre. De ambos textos se deriva la facultad del Gobierno de Cantabria para desarrollar la legislación básica medioambiental del Estado, procediendo de tal modo a establecer una protecciónadicional del entorno cántabro, adecuada a las peculiaridades ambientales de nuestra comunidad.
Un objetivo prioritario y compartido del Gobierno de Cantabria es la acción frente al cambioclimático y el fomento del desarrollo sostenible en nuestra Comunidad.
El 23 de octubre de 2008 se aprobó mediante acuerdo del Consejo de Gobierno la Estrategia Cántabra de Acción frente al Cambio Climático, formulada para el período 2008-2012,incluyendo una serie de medidas para la mitigación de emisiones y adaptación a los efectosdel cambio climático.
Desde la aprobación de esta Estrategia, se han dado pasos en el marco internacional yeuropeo para avanzar hacia una economía baja en carbono que mitigue los efectos derivadosdel aumento de la temperatura global. En el ámbito de la UE, cabe destacar la evolución delrégimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero y la aprobacióndel Paquete Europeo de Energía y Cambio Climático 2013-2020, donde se establecen objetivosvinculantes y concretos para 2020 en materia de energías renovables, eficiencia energética yreducción de emisiones de gases de efecto invernadero introduciéndose, además, elementosnovedosos como la captura y almacenamiento de carbono y la aviación.
Estos objetivos fueron adaptados en España mediante la Estrategia Española de CambioClimático y Energía Limpia 2007-2012-2020 y la Hoja de Ruta de los Sectores Difusos a 2020.
Posteriormente, en el año 2013 la Comisión Europea presentó la Hoja de Ruta hacia unaeconomía baja en carbono competitiva en 2050, con el objetivo de superar el corto plazo através de reducciones profundas de emisiones a mediados del siglo XXI. Esta Hoja de Rutaindica que, en 2050, la UE debe reducir sus emisiones un 80% por debajo de los niveles de1990. También muestra cómo los principales sectores responsables de las emisiones de Europa, generación de energía, industria, transporte, edificios y construcción, así como la agricultura, pueden hacer la transición hacia una economía de baja emisión de carbono de unaforma eficiente.
La Conferencia de las Partes de París (COP 21) que se desarrolló en diciembre de 2015, hamarcado un antes y un después en la lucha contra el cambio climático, gracias a la consecuciónde un compromiso vinculante y definitivo para la reducción de emisiones contaminantes a laatmósfera a partir del año 2020. Este Acuerdo Universal sobre el Cambio Climático, tiene comoobjetivo principal limitar el aumento de la temperatura global en menos de 2º C.
Finalizado el plazo de vigencia de la Estrategia Cántabra de Acción frente al Cambio Climático, formulada para el período 2008-2012 y con el fin de asumir nuestra cuota de corres-
ponsabilidad en el cumplimiento del objetivo global de reducción de emisiones y protegernosfrente a los impactos derivados, el Gobierno de Cantabria decide acometer la elaboración de laEstrategia de Acción frente al Cambio Climático de Cantabria 2018-2030 aprobada medianteDecreto 32/2018, de 12 de abril.
La estrategia recoge un total de 106 medidas diseñadas de forma consensuada entre 28direcciones generales del Gobierno de Cantabria y demás agentes implicados, con el fin deevitar el aumento de la temperatura y reducir el calentamiento global.
Dicho documento contiene a su vez algunas medidas que hacen referencia a la movilidadsostenible como herramienta para combatir los efectos nocivos del cambio climático, entreellas cabe destacar la medida nº 43: Fomento de la movilidad eléctrica en Cantabria.
Es un hecho constatado que el crecimiento del parque automovilístico eléctrico viene determinado por dos factores: por un lado, por el establecimiento de planes de incentivos plurianuales y estables para fabricantes y compradores con una dotación económica suficiente; y por elotro, por el desarrollo de una infraestructura de carga rápida de acceso público que permitaaumentar la duración de desplazamiento.
Con este fin el Gobierno de Cantabria elabora el Plan Estratégico para Impulsar y Fomentarla Movilidad Eléctrica en Cantabria que integra en un solo documento la hoja de ruta para eldesarrollo e implantación plena del vehículo eléctrico en la región mediante el establecimientode cuatro ejes de actuación y siete medidas asociadas que permitan convertir a Cantabria enun referente en esta materia a nivel nacional y cumplir con la ejecución de la medida nº 43 dela Estrategia de Acción frente al Cambio Climático de Cantabria.
En dicho Plan, dentro de los ejes de actuación primero y segundo, se establecen como medidas la incentivación de la adquisición del vehículo eléctrico y el establecimiento de una líneade subvenciones para la instalación de infraestructuras de recarga, que serán objeto de estabase de subvenciones.
Las ayudas concedidas en el marco de la presente Orden se ajustarán a lo establecido en elReglamento (UE) 1407/203 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudasminimis (DOUE L 352, de 24 de diciembre de 2013).
Por ello, en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, y en uso de lasatribuciones conferidas en el artículo 35 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre,de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de laComunidad Autónoma de Cantabria, y asegurando el cumplimiento de los principios de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, así como la contribución a la puesta en prácticade las políticas medioambientales,
DISPONGO
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La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas destinadas a actuaciones de implantación de la movilidad eléctrica por autónomos y pequeñas ymedianas empresas (en adelante PYMES) en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, mediante la realización de las siguientes inversiones:
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Adquisición de vehículos eléctricos puros (en adelante BEV), o vehículos eléctricos deautonomía extendida (en adelante REEV) para el desarrollo de la actividad empresarial.
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Instalación de puntos de recarga rápida o semi-rápida (potencia mayor o igual a 22 kw)de servicio público no restringido a los clientes de la empresa, incluyendo obra civil, acometida,equipos y software de comunicaciones. Los equipos instalados deberán reunir los...
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